Guasave.- Según lo establecido en la Ley Federal del Trabajo, el reparto de utilidades debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo del 2024. Este derecho constitucional se extiende a aquellos empleados que hayan laborado al menos 60 días en una empresa cuyas ganancias netas superen los 300 mil pesos, según su declaración fiscal del año anterior.
El procedimiento de reparto implica que las empresas deben entregar el 10 por ciento de sus ganancias del año fiscal anterior a sus trabajadores. Este monto se divide en dos partes iguales: la primera se distribuye equitativamente entre todos los empleados en función de los días laborados, mientras que la segunda se asigna de manera proporcional a los salarios percibidos.
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Según el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo establece claramente que: el monto máximo a repartir equivale a tres meses del salario del trabajador o al promedio de la participación recibida en los últimos tres años, optándose por la cantidad más beneficiosa para el empleado.
Los plazos de pago varían dependiendo de si el empleado presta sus servicios a una persona moral (empresa) o a una persona física (patrón). Para los primeros, el periodo de pago abarca del 1 de abril al 30 de mayo, mientras que, para los segundos, se extiende desde el 1 de mayo hasta el 29 de junio.
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Es importante destacar que no todos los trabajadores tienen derecho al reparto de utilidades. Según la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, esta prestación no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores o gerentes generales, profesionistas y técnicos que brindan servicios mediante honorarios ni para aquellos que no mantienen una relación de trabajo subordinado con el empleador.
En resumen, el reparto de utilidades representa un derecho fundamental para los trabajadores mexicanos, cuya fecha de pago se acerca rápidamente, brindando un ingreso adicional basado en el desempeño y las ganancias de la empresa en el año fiscal anterior.