Culiacán, Sinaloa.– Corresponde a la Fiscalía General del Estado (FGE) iniciar cualquier procedimiento en contra de Dámaso Castro Zaavedra, vicefiscal General de Sinaloa, aclaró la presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso local, María Teresa Guerra Ochoa, este sábado 02 de mayo de 2026.
Ante el nombramiento de Yeraldine Bonilla como gobernadora interina por parte del Poder Legislativo, tras la licencia solicitada por Rubén Rocha Moya, a Guerra Ochoa se le cuestionó si como diputados podrían proceder por los señalamientos que pesan contra el vicefiscal del estado.
La legisladora apuntó que si se tratara de señalamientos contra la titular del organismo, el Congreso sí tendría que abordar el tema, pero al tratarse de un subalterno, entonces es responsabilidad directa de la Fiscalía.
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“Entiendo que es más si fuese la fiscal, pero en el caso del vicefiscal es un tema de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado”, puntualizó.
Ante el cuestionamiento sobre si el Congreso recibe alguna notificación formal en este tipo de situaciones, Guerra Ochoa fue clara al señalar que no existe tal obligación hacia el Legislativo, sino solamente a la fiscal General del Estado, Claudia Zulema Sánchez Kondo.
Dámaso Castro Zaavedra figura entre los diez funcionarios y exfuncionarios de Sinaloa mencionados en señalamientos emitidos por autoridades estadounidenses.
Sin embargo, desde el Congreso se reiteró que será la FGE la instancia responsable de determinar las acciones correspondientes conforme a derecho.
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¿Cuáles son las funciones del vicefiscal General del Estado de Sinaloa?
De acuerdo con la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Sinaloa y la estructura de la institución, el vicefiscal General es el segundo al mando y cuenta con atribuciones clave enfocadas en la operación y el apoyo directo al fiscal General.
Sus principales funciones incluyen actuar como secretario técnico del Consejo Consultivo de la Fiscalía y encargado del Despacho de FGE en caso de ausencia del titular del organismo.