México.- Dice el dicho que “hay pero no pa’ todos” y aplica también para la entrega de utilidades que de por sí para este año 2021 se ven difíciles de entregar por los estragos económicos generados por la pandemia en 2020, y sean otros motivos por los que podrás quedarte con la esperanza y con las manos vacías.
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También se dice que no hay que hacer planes con el dinero que aun no llega, por ello y para que guardes la cordura y no gastes lo que aun no tienes, y no sabes si llegará, aquí algunas consideraciones que debes tomar en cuenta para saber si vas o no a recibir las utilidades este año.
La Ley Federal del Trabajo indica que aquellas personas que trabajen para una empresa o personal moral deberán recibir el pago por utilidades antes del 30 de mayo, mientras aquellos que trabajen para un patrón o persona física deberán recibirlo antes del 29 de junio
¿Quiénes sí recibirán utilidades?
Los trabajadores que tienen derecho al reparto de utilidades son los que hayan ejercido labores durante al menos sesenta días en una empresa con un saldo de utilidades neto de 300 mil pesos o más en el año 2020 y lleve al menos un año en funciones.
¿Quiénes se quedarán esperando y no recibirán
Aquellas personas que cobren por honorarios, por ejemplo trabajadores domésticos, directores y gerentes generales, artesanos, técnicos, entre otros no recibirán pago de utilidades, ya que no existe una relación subordinada con el patrón.
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Quien recibe su parte como siempre, será el SAT ya que debes recordar que existe retención del Impuesto Sobre la Renta -ISR- por el reparto de utilidades, pero, es aplicable solamente a la parte que exceda el equivalente a quince días de salario mínimo, así que si te falta poquito, es porque ganas más.