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¿Necesitas el crédito y aun no te registras a Fonacot? Aquí los requisitos

La dependencia reitera que los trámites para solicitar el crédito Fonacot, son gratuitos y sin intermediarios

| Internet

México.– Con el objetivo de brindar apoyo financiero a los trabajadores formales del país, el crédito Fonacot es un aliado fiel cuando más se necesita.

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El  trámite es sencillo, las mensualidades y sus tasas de interés son las más bajas. Si trabajas en una empresa afiliada, tienes más de 18 años cumplidos y cuentas con una antigüedad mínima de un año en tu centro de trabajo actual, prácticamente eres acreedor a uno de estos créditos.

Estos son los requisitos para solicitar el crédito Fonacot

•    Edad mínima de 18 años
•    Antigüedad mínima de un año en tu trabajo actual.
•    Que tu Centro de Trabajo (Patrón) esté afiliado con FONACOT.
•    Tener un contrato por tiempo indeterminado o de planta.
•    Contar con un mínimo de dos referencias personales.
•    Número de Celular personal.
•    Comprobante de domicilio a tu nombre, en original del mes/bimestre actual o inmediato anterior, de cualquiera de los siguientes documentos:
•    Agua
•    Predial
•    Teléfono fijo o móvil
•    Luz
•    Gas estacionario/ natural
•    Servicios de datos o televisión por cable
•    Estado de cuenta bancario
•    Credencial para votar vigente (con domicilio completo del trabajador)
•    Estado de Cuenta de tu afore (menor a 6 meses)
•    Estado de cuenta de una casa comercial
•    Aviso por Retención de Descuentos INFONAVIT (menor a 6 meses)
•    Constancia de domicilio expedida por una autoridad con sello y firma
•    Estado de cuenta de FOVISSSTE

Documentos a presentar en Original

  •  Identificación oficial con fotografía y firma (INE O IFE o Pasaporte vigentes).
  •  Estado de cuenta a tu nombre (con una vigencia máxima de 3 meses naturales y debe contar con Clabe interbancaria
  •  4 últimos recibos de nómina (consecutivos y que el más reciente se encuentre dentro de 15 días siguientes)

Considera que el último recibo de nómina tiene vigencia después de la fecha de registro del periodo de pago, si tu pago es:

•    Mensual.- No deberá exceder de 31 días.
•    Quincenal, catorcenal, o semanal.- No deberá exceder de 16 días.
•    Por Comisión.- 4 recibos de nómina en los que se muestre la comisión.
•    Constancia de antigüedad por parte del Centro de Trabajo (cuando aplique).
•    Carta u Oficio por parte del Centro de Trabajo donde confirme percepciones fijas permanentes en efectivo (cuando aplique).

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https://twitter.com/Fonacot_oficial/status/1417606103182057473

 

Fuente: Internet

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