Culiacán, Sinaloa. – Tras la aprobación en el pleno del Congreso de Sinaloa del dictamen que reforma el Código Penal del Estado, mediante el cual se van a endurecer las penas contra el “halconeo”, una persona que cometa este delito y además cometa algunas de las agravantes, podría alcanzar hasta 22 años de prisión en el peor de los escenarios, informó la diputada presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Poder Legislativo, Teresa Guerra Ochoa.
Lo anterior, en el caso hipotético de que un juez dicte la sentencia máxima de 15 años y a eso se le incluya el agravante de haber utilizado a menores de edad, es decir, de 7 a 8 años más, quedaría una pena máxima de 22 a 23 años.
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En conferencia de prensa, la legisladora subrayó que el “halconeo” en Sinaloa ya tenía una penalidad alta, de tal manera que en cualquier condición no alcanza fianza una persona que cometa este delito.
“Podría ser hasta 22 años, entonces lo que hay que decir es que hay ciertos elementos que van a permitir sí aplicar el tipo penal, porque por ejemplo si bien es cierto en cuanto a la observancia hay maneras de escaparse, pero si están utilizando medios tecnológicos, si es un lugar que estaba utilizando un centro telefónico con cámaras, pues ahí no habría pena de evitarlo”, dijo.
Guerra Ochoa aclaró que el perfeccionar el tipo penal no va a eliminar completamente esta práctica, sin embargo, es un avance en el combate a este ilícito.
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Cabe recordar que actualmente se aplica una pena de 4 años 6 meses a 15 años de prisión y de mil a 2 mil días multa, a quien aceche, vigile, espíe o proporcione información sobre las actividades oficiales o personales que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las Instituciones de Seguridad Pública. A esta práctica coloquialmente se le conoce como “halconeo”.
Con este dictamen se incluye una agravante que incrementaría hasta en un 50 por ciento la pena para quienes utilicen, induzcan u obliguen a menores, personas adultas o que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.
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El dictamen tipifica como delito acciones como acechar, vigilar, espiar, perseguir o proporcionar información con fines ilícitos sobre actividades de servidores públicos de instituciones de seguridad, así como alterar, acceder o intervenir información oficial o privada de dichas instituciones.
También se añade que la sanción aplicará cuando esa información que se transmita tenga la finalidad de evitar la captura de un delincuente o miembro de una asociación delictuosa u organización criminal.
Se acota que esta es para quien o quienes obtengan información, utilizando cualquier medio tecnológico sobre acciones, actividades o ubicación de las instituciones señaladas.