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REFORMAS

Diputados aprueban en el pleno del Congreso dictamen que endurece penas contra el “halconeo” en Sinaloa

El dictamen fue aprobado por unanimidad con 31 votos a favor de los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura

Exterior del Congreso de Sinaloa y una imagen en miniatura de jóvenes a bordo de motocicletas.
Exterior del Congreso de Sinaloa y una imagen en miniatura de jóvenes a bordo de motocicletas. | Línea Directa

Culiacán, Sinaloa. Por unanimidad con 31 votos a favor en el pleno del Congreso del Estado se aprobó el dictamen que reforma el Código Penal del Estado de Sinaloa, el cual establece endurecer las penas contra el llamado “halconeo”, práctica utilizada por grupos delincuenciales para vigilar y obtener información sobre actividades de las fuerzas de seguridad.

Actualmente se aplica una pena de 4 años 6 meses a 15 años de prisión, y de mil a 2 mil días de multa a quien aceche, vigile, espíe o proporcione información sobre las actividades oficiales o personales que realicen o pretendan realizar los servidores públicos de las instituciones de seguridad pública.

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Con este dictamen se incluye una agravante que incrementaría hasta en un 50 por ciento la pena para quienes utilicen, induzcan u obliguen a menores, personas adultas o que no tienen capacidad para comprender el significado del hecho o resistirlo.

La presidenta de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, Geraldine Bonilla Valverde, dio el veredicto de la votación de los diputados de la Sexagésima Quinta Legislatura.

“Por unanimidad de los presentes, con 31 votos a favor se aprueba el dictamen en lo general. En virtud de no haberse presentado propuestas separando artículos del dictamen para su reserva en particular… se tiene por aprobado el dictamen”, dijo.

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El dictamen tipifica como delito acciones como acechar, vigilar, espiar, perseguir o proporcionar información sobre actividades de servidores públicos de instituciones de seguridad con fines ilícitos, así como alterar, acceder o intervenir información oficial o privada de dichas instituciones.

También se añade que la sanción aplicará cuando esa información que se transmita tenga la finalidad de evitar la captura de un delincuente o miembro de una asociación delictuosa u organización criminal.

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Se acota que esta es para quien o quienes obtengan información, utilizando cualquier medio tecnológico sobre acciones, actividades o ubicación de las instituciones señaladas.

Cabe mencionar que esta propuesta modifica el artículo 293 Bis del Código Penal estatal para ampliar las conductas delictivas relacionadas con la interferencia en las labores policiales y posteriormente fue turnada para la segunda de ley.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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