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LEGISLATIVO

Necesario modificar Constitución para garantizar espacios en gobierno a indígenas: diputados locales

Respondieron ante críticas de que legislación para representantes indígenas es simbólica porque la ley no contempla que tengan derecho al voto por lo cual los gobiernos municipales no estarán obligados a cederles cargos ni regidurías, ya que únicamente tendrán derecho a voz pero sin voto

Manuel luque Rojas, Cecilia Covarrubias y Minerva Vázquez en conferencia de prensa
Diputados Manuel luque Rojas, Cecilia Covarrubias y Minerva Vazquez | Foto: Mireya Trejo

Los Mochis, Sin.- Es necesario que el Congreso de la Unión modifique la Constitución a nivel federal para realizar cambios de fondo y garantizar una verdadera representatividad indígena en los gobiernos, ya que esa facultad no corresponde al Congreso local, manifestaron diputados morenistas ante las críticas a la reciente reforma que obliga a los ayuntamientos a otorgar espacios a líderes de los pueblos originarios.

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En conferencia de prensa los legisladores locales José Manuel Luque Rojas, Cecilia Covarrubias González y Juana Minerva Vázquez González argumentaron que la Constitución de Sinaloa no está por encima de la Constitución de México y que por lo tanto el Congreso local no puede extralimitarse en sus facultades.

Esto en respuesta a los señalamientos de que los espacios legislados para los representantes indígenas son nada más simbólicos porque la ley no contempla que ante los gobiernos municipales tengan derecho al voto por lo cual los ayuntamientos no estarán obligados a cederles cuotas en su administración ni regidurías, ya que únicamente tendrán derecho a voz pero sin voto.

“Digamos no han entendido el sentido de la reforma constitucional que acabamos de hacer en virtud de un mandamiento de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en materia de representación indígena en los ayuntamientos”.

Los diputados locales aseguraron que el Congreso de Sinaloa únicamente cumplió con el mandamiento de una resolución judicial en materia de derechos indígenas pero que ellos no tienen facultades para hacer obligatorios los espacios a cargos de elección popular para los indígenas.

El pasado 1 de septiembre el Congreso local de Sinaloa aprobó adicionar la fracción VIII a la Base A del Quinto Párrafo del Artículo 13 Bis, de la Constitución Política del Estado.

La adición es: “Elegir, en los municipios con población indígena reconocida y declarada como pueblos y comunidades indígenas del estado en la legislación respectiva, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables”.

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Fuente: Línea Directa

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Mireya Trejo

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Mireya Trejo

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