México.- A pocos días de notificarse el amparo a favor de Mario Aburto Martínez, asesino confeso de Luis Donaldo Colosio, se ha establecido un plazo de 15 días al Primer Tribunal Colegiado de Apelación para dar cumplimiento a dicho recurso, el cual dejaría sin efecto la sentencia de 45 años en prisión que se le dictó en 1994 por el asesinato del entonces candidato presidencial.
Ante el amparo que le fue otorgado a Mario Aburto el pasado 6 de octubre, el Tribunal Colegiado de Apelación solicitó una prórroga de 90 días para dar cumplimiento a la protección de la justicia. Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado en materia Penal, con residencia en el Estado de México, dictó que, aunque se concedieron cinco días hábiles para el cumplimiento del fallo protector, el plazo se podrá ampliar únicamente a 10 días hábiles más, lo que dejaría un plazo de 15 días para le ejecutoria.
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En la Lista de Acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal se lee:
Tomando en consideración las razones que se detallan en la misiva que se atiende, a fin de que se amplíe el término para su cumplimiento y al advertirse que en la sentencia de amparo se concedieron cinco días hábiles para tal efecto, se otorga la prórroga de diez hábiles, contados a partir del siguiente al en que concluya el plazo concedido en primer término.
Cabe recordar que el Instituto Federal de la Defensoría Pública (IFDP) informó el pasado 6 de octubre que un Tribunal Colegiado otorgó un amparo a Mario Aburto, con el cual se ordenó dejar insubsistente la sentencia dictada en su contra en diciembre de 1994 por el asesinato del priista Luis Donaldo Colosio.
El amparo a favor de Mario Aburto surgió tras detectarse diversas violaciones procesales en su caso, como que tuvo que ser juzgado con base en lo señalado en el Código Penal para el estado de Baja California y no por el Código Penal Federal como se hizo en este caso.
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Por lo anterior, el juez Primero de Distrito de Proceso Penales Federales en el Estado de México, con sede en Toluca, tendrá que emitir una nueva resolución en la que se dé revés a las violaciones antes mencionadas y se establezca una nueva condena en contra del acusado.