México.- ¿Es cierto que puedo recibir montos superiores al salario que percibo durante tres meses como pago de utilidades? Esta es la duda que ha comenzado a rondar entre los trabajadores mexicanos que están depositando su esperanza en este pago de ley que deberá entregarse durante el mes de mayo.
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Pero antes de irnos de lleno a ese tema, hay varias cosas que se deben tomar en cuenta, ya que de ello depende la distribución de dichos recursos, como el salario que se debe considerar para el reparto ¡muy importante!
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La Ley Federal del Trabajo establece que para la participación de las utilidades se toma exclusivamente el salario por cuota diaria, sin incluir otros ingresos como tiempo extra, gratificaciones, primas o cualquier otro derivado de su trabajo. Cuando el salario sea variable, se tomará como cuota diaria el promedio correspondiente al total percibido durante el año
En el caso de los trabajadores de confianza se tomará como salario tope, base del reparto de utilidades, el resultante de sumar 20% al salario del trabajador sindicalizado o de base de más alto salario, elevado al año.
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Además debes y antes de gastar dinero “que aún no tienes en mano”, la empresa en la que laboraste debió registrar ganancias, mismas que se demostrarán tras la presentación de la declaración anual. Si sus números salen en rojo, seguramente no habrá pago de utilidades, o te llegue un pequeño “incentivo”.
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Ahora bien, vamos a despejar la duda que tanto se ha comentado en redes sociales y que ha hecho que muchos trabajadores tengan sus esperanzas al tope, pero todavía sin certeza, por lo que hay que recurrir a la Ley Federal del Trabajo.
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VII. Los trabajadores eventuales tendrán derecho a participar en las utilidades de la empresa cuando hayan trabajado sesenta días durante el año, por lo menos, este punto es importante, no olvides que por menos de 60 días NO HAY UTILIDADES, si fueron de 60 o más pero sin llegar a un año SE PAGA LA PARTE PROPORCIONAL.
AQUÍ EL DATO que despeja la duda sobre el monto de hasta tres meses en el pago de utilidades: VIII. El monto de la participación de utilidades tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o EL PROMEDIO de la participación recibida en los últimos tres años; se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador. No olvides que todo dependerá de los números y saldos a favor que tenga tu patrón en su declaración anual.
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Así que no comiences a construir castillos en el aire, ni te endeudes pensando que podrias recibir hasta tres meses de salario con el reparto de utilidades, ya que hay varios puntos a considerar antes de programar, invertir o gastar.