Al momento

Utilidades

Utilidades 2023: Más dinero debe caer este año en tu cuenta ¿Cuánto, cuándo y quiénes?

Será en el mes de mayo cuando este beneficio de ley deberá pagarse por parte de tus patrones, así que prepárate, ya que de acuerdo a lo dicho por la Secretaría del Trabajo ¡debe ser más!

Utilidades
Utilidades | Foto: Archivo Línea Directa

México.– Bien sabes que el pago de utilidades es derecho constitucional y que corresponde a la participación de las ganancias obtenidas por tu patrón o la empresa que laboras, siempre y cuando se generen.

Sigue la información de México en la sección especial de Línea Directa

Y si a tu empresa le fue bien durante el año 2022, a ti te debe tocar parte de esa ganancia que para este año 2023 se reflejará con un aumento del 154 por ciento, mucho más; toma en cuenta que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo el dinero que deberás recibir es de 22 días si tienes más del año cumplido en tu empleo; de ser menor, se da el proporcional.

María Luisa Alcalde Luján, secretaria del Trabajo en México, indicó durante entrevista que este año las utilidades alcanzarán un monto promedio de siete mil 301 pesos, equivalentes a 22 días de trabajo; para el siguiente, la cifra crecerá a 18 mil 557 pesos, que representan 57 días.

El reparto de utilidades de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, debe realizarse entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.

¿Qué trabajadores deben recibir el pago de utilidades?

Todas las trabajadoras y trabajadores, excepto: Directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año que corresponda. Prestadores de servicios profesionales.

¿Qué empresas están excentas del reparto de utilidades?

Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso. Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración. Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes. IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.

Y ojo, ya que las empresas que se fusionen, traspasen o cambien de nombre o razón social no se consideran de nueva creación, por lo que deben cumplir con el pago de utilidades sí o sí.

Además toma en cuenta que la utilidad repartible se divide en dos partes iguales: por igual entre todos los trabajadores, considerando el número de días trabajados por cada uno en el año y en proporción al monto de los salarios devengados por el trabajo prestado durante el año.

Y ojo, ya que en algunos casos hay tope, este es el salario que debe considerarse como base para el reparto de utilidades:

  • La cantidad que perciba cada trabajador en efectivo por cuota diaria será la base de reparto.
  • No se consideran parte de él, las gratificaciones, percepciones o sumas que reciba el trabajador por concepto de trabajo extraordinario.
  • Cuando la percepcion sea variable, se tomará como salario diario el promedio correspondiente al total percibido durante el año.
  • En trabajo a destajo el promedio correspondiente al total percibido durante un mes.
  • Para los trabajadores de confianza se tomará como salario tope de reparto de utilidades, el resultante de sumar 20 por ciento al salario del trabajador sindicalizado o de planta de más alto salario.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

Alma Rosa Aguirre Lugo

Ver más

Al momento

Suscríbete a nuestro boletín

Para tener la información al momento, suscríbete a nuestro boletín en el tendrás las últimas noticias de Sinaloa, México y el mundo.