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Utilidades

Si estás dentro de este grupo de trabajadores, ¡olvídate del pago de utilidades, NO recibirás!

Toma en cuenta esta información antes de “esperanzarte” con ese dinerito extra que por ley, aplica durante el mes de mayo para quienes trabajen para una empresa, y en junio para quienes lo hagan con un patrón

Pagado utilidades 2023
Utilidades | Foto: Archivo Línea Directa

México.– Es correcto, habrá un grupo de trabajadores que sólo verán pasar las utilidades pero no llegarán a sus manos debido a que no están dentro del esquema establecido por la ley para que las reciban.

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El reparto de utilidades es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.

En el caso de las personas que laboran para una persona moral, es decir una empresa, deberán recibir el recurso a más tardar del 30 de mayo, mientras que las personas que trabajan para una persona física, es decir un patrón, deberán tener el pago como límite el 29 de junio.

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¿Quiénes sí y quienes no reciben reparto de utilidades?

  • Es aplicable a los trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en empresas cuyas utilidades netas fueron de $300 mil pesos o más, según su declaración fiscal 2016, y que tengan más de un año en funcionamiento. Bajo estas condiciones, los trabajadores tendrán derecho al Reparto de Utilidades, independientemente de que ya no laboren en la empresa en cuestión o tenían contrato por obra determinada
  • No aplica para trabajadores domésticos; directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin existir una relación de trabajo subordinado con el patrón.

Además, se exenta de dicho reparto a empresas de nueva creación durante su primer año de funcionamiento; al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia; a empresas cuyo capital sea menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria, y a instituciones de asistencia privada que realicen acciones con fines humanitarios de asistencia, sin propósitos de lucro y sin designar individualmente a los beneficiarios.

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Así que si estás esperando el pago de utilidades pero NO estás dentro del grupo favorecido, te quedarás sólo viendo como el resto las tienen en sus manos, pero las tuyas quedarán vacías.

 

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

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