Da click aquí y encuentra más información de Línea Directa Portal en nuestra página de Google News
México.- El periodo de Semana Santa no sólo aplica con días de descanso para los estudiantes, quienes tendrán 16 días (contando fines de semana) para disfrutar del asueto, también representa un breve periodo de reposo para los trabajadores.
Pero ojo, que los días de descanso para los empleados de México, ni son obligados ni para todos; estos días que abarcan del 14 al 16 de abril, se dan de manera tradicional para ser parte de la representación de la muerte y pasión de Cristo.
La Ley Federal del Trabajo no marca como días feriados estas fechas que abarcan Jueves Santo, Viernes Santo o de Dolores y Sábado de Gloria, son más bien días tradicionales que pueden o no ser tomados por los empleadores.
Es decir, si tu patrón te indica que hay que trabajar, hay que acudir, ya que si no lo haces, podrías recibir desde un acta administrativa o despido justificado por los tres días que no te presentaste, lo que además es un mal precedente que te seguirá en futuros empleos.
Sin embargo hay un grupo de trabajadores que tendrán más de dos semanas de asueto, el de gobierno que sí se toma muy a pecho este periodo de 16 días y no abre instalaciones, sólo se establecen guardias.
Pero quienes se emplean en el sector tradicional, como el comercio, no pueden aspirar a más días que los que ya explicamos, Jueves Santo y el Viernes Santo y Sábado de Gloria, de hecho algunos negocios como restaurantes, se organizan para llevar a sus trabajadores a centros recreativos o balnearios, en donde se concentra gran cantidad de población que requiere sus servicios.
Así que este es un buen momento para que le preguntes a tu patrón si vas a trabajar, y puedas organizar tu descanso, claro, si es que te lo da.