México.– Las ventajas de la actualidad, es que temas tan naturales como el sexo, ya no se esconden y se han normalizado como una necesidad humana; pero ojo, que una cosa hablar de fantasías y otra, llevarlas a cabo con el consabido riesgo que esto implica.
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Es el caso del sexo en carreteras o en vía pública, que además de ser muy inseguro, puede detonar en multas importantes por violar los reglamentos de tránsito y representar un delito a la moral y buenas costumbres.
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El Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, establece indicaciones al respecto, y así como es un delito “hacer del baño” en acotamientos, o “detrás del arbolito”, tener relaciones sexuales con el auto estacionado o incluso andando, te pondrá en la mira de los agentes.
¿Qué dice el reglamento al respecto?
Todo está marcado en el artículo 94 en donde se indica que la prohibición tanto a conductores, pasajeros o peatones de cualquier conducta que atente contra la moral pública o el pudor de los demás usuarios.
Ignorar la disposición conlleva una sanción de 5 a 10 veces la cuota diaria (De 518 a mil 037 pesos) de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), que es la base para el cobro de multas en México.
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Pero ojo, ya que si te cachan en actos inmorales en carreteras que es vía pública, junto con esa multa llegará otra por estos motivos que se establecen en el artículo 95 del reglamento en mención.
El Artículo 95 destaca que: Todos los conductores de vehículos automotores en movimiento deberán:
I. Llevar asido firmemente con ambas manos, el control de dirección y no permitir que otro pasajero lo tome parcial o totalmente.
II. Utilizar el cinturón de seguridad a la altura del reposacabezas.
III. Abstenerse de usar cubre asientos
IV. Abstenerse de utilizar aparatos de comunicación o entretenimiento que interfieran el manejo seguro del vehículo.
V. Evitar llevar bultos u objetos de gran tamaño entre la puerta del vehículo y su costado izquierdo, y evitar sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos o piernas
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A los conductores que contravengan las disposiciones de este artículo, se les aplicará multa de 15 a 20 veces la cuota diaria es decir que, tomando como referencia el monto de la UMA diaria que es de 103.74 pesos, “mostrar pasión” en lugar indebido podría costarte más caro de lo que crees entre mil 556 y 2 mil 74 pesos.
Es decir, que sumando las infracciones del artículo 94 y del 95, terminarías pagando entre 2 mil 074 y 3 mil 111 y un tache en tu récord de multas en carreteras federales por el que luego estarás más que fichado.
Cada quien sabe los riesgos que corre, pero en este tipo de situaciones es importante recordar que otros automovilistas no tienen la culpa de tus necesidades y fantasías; cualquier descuido al volante pone en riesgo la vida de las personas, también las carteras y reputación ¡piénsalo y quizá lo ideal es terminar en un motel, que es más barato, cómodo y seguro, aunque quizá no tan “emocionante”.