México.- El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ofrece a las personas pensionadas la posibilidad de solicitar préstamos, cuyo pago se realiza mediante descuentos automáticos aplicados directamente al monto de la pensión mensual.
No obstante, para acceder a este beneficio es necesario cumplir con los requisitos y condiciones establecidos por el IMSS, así como por la institución financiera encargada de otorgar el crédito.
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Condiciones a considerar antes de pedir un préstamo para pensionados
Antes de solicitar el préstamo para pensionados del IMSS, hay que tener en cuenta algunas condiciones relacionadas tanto con los requisitos como con el propio trámite y el desembolso, como lo son:
-El descuento mensual en ningún caso excederá del 30 por ciento del monto de la pensión mensual
-Considerando el descuento mensual, la pensión no se podrá reducir a una cantidad inferior al promedio de las pensiones garantizadas de la tabla del artículo 170 de la LSS vigente
-El plazo del préstamo no deberá exceder de 60 meses
-Consultar las condiciones ofrecidas por la entidad financiera antes de solicitarlo.
-La entidad financiera que otorgue el préstamo deberá entregar un ejemplar del contrato y de la Carta de Libranza, debidamente diligenciados.
-Hay que tener en cuenta que la Carta de Libranza contiene el importe del préstamo solicitado, descuento mensual, el plazo y el Costo Anual Total (CAT). Además, cuenta con la firma y huella digital del solicitante.
-La cantidad solicitada del préstamo deberá coincidir con el depósito de la entidad financiera en la cuenta donde se recibe la pensión (en un plazo no mayor a 5 días en horario bancario).
-Si se cambia la cuenta bancaria para el pago de la pensión ante el IMSS, no se podrá solicitar un préstamo en 3 meses en esta modalidad.
-La entidad financiera no deberá cobrar comisiones por pagos o liquidación anticipada
Préstamo para pensionados IMSS: ¿Cómo calcular el monto?
Antes de solicitar este préstamo hay que corroborar que la pensión esté vigente y acreditar que se recibe el pago mínimo desde tres meses atrás. Ahora bien, en cuanto al monto al que se puede tener acceso, existen dos fórmulas que se pueden considerar:
-Si la pensión es mayor al salario mínimo, el monto del préstamo será hasta del 30 por ciento de la cuantía anual, sin que rebase un tope equivalente a 30 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización Vigente (UMA).
-Si la pensión es menor al salario mínimo, el monto del préstamo será del 25 por ciento de la cuantía anual, sin que rebase el tope establecido.
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Requisitos generales de elegibilidad
Régimen de ley: Estar amparado bajo la Ley del Seguro Social de 1973.
Estatus activo: Contar con una pensión vigente y activa.
Antigüedad mínima: Tener al menos 3 meses recibiendo el pago de la pensión.
Historial de préstamos: Si ya se liquidó un préstamo anterior, deben haber transcurrido mínimo 3 meses desde el último descuento.
Capacidad de descuento: El descuento mensual solicitado no debe exceder el 30% del monto mensual de la pensión.
Restricciones: No se otorgan préstamos a titulares de pensiones alimenticias, incapacidad permanente provisional o invalidez temporal