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¿Cuáles son los regímenes para pensionarse en el IMSS y qué diferencia hay entre ellos?

Conocer la fecha de inicio de cotización en el IMSS permite identificar si corresponde el Régimen de 1973 o el de 1997 y los requisitos aplicables

¿Cuáles son los regímenes para pensionarse en el IMSS y qué diferencia hay entre ellos?
Línea Directa | El IMSS contempla dos regímenes de pensión, cuya aplicación depende de la fecha en que el trabajador comenzó a cotizar ante el instituto

México. La posibilidad de obtener una pensión por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) depende, en primer lugar, del régimen bajo el cual se encuentre registrado cada trabajador. La legislación vigente contempla dos esquemas distintos, cuyos requisitos y condiciones varían según la fecha en que la persona comenzó a cotizar.

La Ley del Seguro Social establece que el régimen aplicable se determina exclusivamente por el momento en que inició la afiliación del asegurado al IMSS, por lo que conocer esta información resulta fundamental para identificar las reglas que regirán el trámite de la pensión.

Dos regímenes con requisitos distintos

Actualmente, los trabajadores pueden pensionarse bajo alguno de los dos regímenes contemplados en la ley. Cada uno establece criterios específicos para acceder a este derecho, por lo que es importante verificar en cuál se encuentra cada asegurado antes de iniciar cualquier procedimiento.

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El Régimen de 1973 corresponde a quienes comenzaron a cotizar antes del 1 de julio de 1997. En tanto, el Régimen de 1997 aplica para las personas que iniciaron sus aportaciones a partir del 1 de julio de 1997, fecha en la que entró en vigor el nuevo esquema previsto en la legislación.

¿Cómo saber cuál es el régimen que me corresponde?

La fecha en la que un trabajador inició sus cotizaciones ante el IMSS es el único criterio para determinar el régimen bajo el cual podrá pensionarse.

Lo que debes verificar antes de iniciar el trámite

Si tu primer registro de cotización fue antes del 1 de julio de 1997, te corresponde el Régimen de 1973. En cambio, si comenzaste a cotizar desde el 1 de julio de 1997 o después, estarás sujeto al Régimen de 1997, por lo que las condiciones para acceder a una pensión serán las establecidas para ese esquema.

Fuente: Línea Directa

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Perla Rodríguez Contreras

Editor de Contenidos

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