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Gastos de partidos políticos deben ser públicos: TEPJF

A través de un comunicado, el TEPJF detalló que la documentación que utiliza el Instituto Federal Electoral (IFE) para elaborar los dictámenes consolidados de fiscalización debe ser pública y no considerarse como información reservada

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México.-  El
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) emitió
jurisprudencia para garantizar el acceso a la información de los
ciudadanos y por ende conocer los gastos hechos por los partidos
políticos.A través de un comunicado, el TEPJF detalló que
la documentación que utiliza el Instituto Federal Electoral (IFE) para
elaborar los dictámenes consolidados de fiscalización debe ser pública y
no considerarse como información reservada, ya que se trata de
erogaciones efectuadas con financiamiento otorgado por el Estado.Al
emitir la Jurisprudencia 50/2013, el máximo Tribunal en materia
electoral del país explicó que de conformidad con el principio de máxima
publicidad, esa información debe estar a disposición de cualquier
interesado, sin que ello se considere un riesgo a los respectivos
procedimientos de fiscalización.La jurisprudencia fue
aprobada, en unanimidad, por los integrantes del pleno en la sesión
pública celebrada el 6 de noviembre de 2013, con base en el
pronunciamiento previo de la Sala Superior sobre tres recursos de
apelación que tenían que ver con solicitudes de información relacionadas
con gatos efectuados por partidos políticos.Para la
elaboración del criterio, señaló el Tribunal, se tomó en consideración
el marco regulatorio previsto en los artículos 79, párrafo 1; 81,
párrafo 1, incisos d) y e); 83, párrafo 1, y 84.Así como
el párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos
Electorales (Cofipe); 10, párrafo 5, y 11, párrafos 3, fracción II, y 4,
fracción V, del Reglamento en Materia de Transparencia y Acceso a la
Información Pública, y 149, párrafo 1, del Reglamento de Fiscalización,
ambos del Instituto Federal Electoral (IFE).Además, el
pleno de la Sala Superior coincidió en que la revelación de esa
información no pone en riesgo los valores de interés público que protege
la Constitución, como la vida, la salud, la seguridad, la procuración e
impartición de justicia y la aplicación de la ley.Agregó
que la difusión de tal información no causa perjuicio a las actividades
de verificación ni al cumplimiento de las leyes, puesto que los
principios de certeza, legalidad y transparencia son respetados al
entregar la documentación solicitada.CHG

Fuente: Internet

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Liz Douret

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