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En la Suprema Corte: no se reúnen los votos para declarar inconstitucional la reforma judicial

Este fallo fue el resultado de una votación en la que el Pleno de la Corte se inclinó por la procedencia de la controversia, con siete votos a favor y cuatro en contra

Corte desestima acción de inconstitucionalidad contra la Reforma Judicial
Línea Directa | La Corte determinó que, conforme a la legislación, se requieren al menos ocho votos para invalidar una reforma constitucional

México. Este martes, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por diversos partidos políticos en contra de la reforma constitucional en materia judicial. La controversia se centró en la validez de ciertos aspectos de la reforma impulsada por el Gobierno federal, que buscaba modificar estructuras clave del sistema judicial mexicano.

Este fallo fue el resultado de una votación en la que el Pleno de la Corte se inclinó por la procedencia de la controversia, con siete votos a favor y cuatro en contra.

Durante la discusión, el Pleno suspendió temporalmente el análisis para determinar si se necesitaban ocho o seis votos para aprobar el proyecto de sentencia presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quien propuso invalidar parcialmente la reforma.

La posibilidad de anular la reforma judicial se desvaneció cuando varios ministros, entre ellos cuatro, manifestaron su intención de votar en contra, lo que dificultó alcanzar la mayoría calificada necesaria.

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Finalmente, tras el análisis, la Corte determinó que, conforme a la legislación, se requieren al menos ocho votos para invalidar una reforma constitucional. Esto implicó que no se alcanzó la cantidad mínima de votos para invalidar la reforma judicial, lo que dejó intactos los cambios propuestos.

La postura del ministro Pérez Dayán fue determinante, al señalar que no era posible anular la reforma sin los ocho votos, lo que concluyó con la desestimación de la acción de inconstitucionalidad presentada por los partidos opositores.

Fuente: Línea Directa

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Perla Rodríguez Contreras

Editor de Contenidos

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