México.- Hay muchas personas que se preguntan que sin estar casados, se puede registrar a la pareja sentimental ante el Instituto Mexicano del Seguro Social, y la repuesta es un sí.
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Resulta que según la Ley del Seguro Social marca que el asegurado o pensionado puede registrar a su concubina o concubinario, siempre y cuando hayan hecho vida marital durante los últimos cinco años o bien si tuvieron un hijo juntos.
Aunque se puede realizar este trámite existen algunos requisitos para dar de alta a tu concubina si es mujer o concubinario si es hombre ante el IMSS.
Requisitos
- Haber hecho vida marital durante los últimos cinco años o haber tenido un o varios hijos juntos
- Es indispensable que ninguno de los dos estén casados
- Además el derechohabiente o pensionado no tenga otra concubinas o concubinarios
¿Cómo se realiza el trámite?
El trámite se puede realizar de manera presencial o en línea.
Para hacerlo presencialmente, es necesario que te presentes con tu pareja en la Unidad de Medicina Familiar que te corresponda con los siguientes documentos:
- Clave única de registro de población (CURP) original
- Datos del solicitante o representante legal
- Identificación oficial vigente original
- Documento donde conste el número de seguridad social original
- Copia certificada del acta de nacimiento original
- Fotografía tamaño infantil en blanco y negro o a color
- Comprobante de domicilio original
Si quieres hacer el trámite en línea, puedes hacerlo desde este link.
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