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¿Cómo tramitar la pensión por invalidez del IMSS? Aquí te decimos

Esta pensión se entrega asegurado se halle imposibilitado para realizar su trabajo, siempre y cuando la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral

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México.- La pensión por invalidez en México se puede dar en dos situaciones muy particulares dependiendo de la gravedad de la invalidez: la primera es que sea una invalidez total en la que el trabajador no podrá volver a trabajar, la segunda que sea invalidez parcial, y después hay dos consideraciones, una que la invalidez haya sido originada por un accidente o enfermedad de trabajo (laboral) y la otra que no sea originada por situación del trabajo.

La pensión de invalidez en el Régimen de la Ley del Seguro Social de 1973, se otorga cuando el asegurado se halle imposibilitado para procurarse, mediante un trabajo, un salario superior al 50% del recibido por el último año de trabajo, siempre que la imposibilidad derive de una enfermedad o accidente no laboral.

¿Quién puede solicitar una Pensión por invalidez?

La pensión por invalidez puede ser solicitada por  un trabajador que esté imposibilitado de realizar un  trabajo donde pueda recibir por lo menos el 50% de sueldo que recibió durante el último año en que laboró de forma normal. Lo anterior debido a que la imposibilidad laboral se haya originado  por una enfermedad o accidente no laboral.

Los requisitos para poder solicitar la pensión por Invalidez son distintos y dependen del año en que empezaste a  cotizar ante el IMSS:

  • Si tu primer día de trabajo reconocido ante el IMSS es anterior al 1 de Julio de 1997, entonces te aplica la ley del 73 y los requisitos son:
  • Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 150 semanas de cotización.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
  • Dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios Médicos Institucionales, que acredite el estado de invalidez del asegurado. Este documento será proporcionado directamente por los servicios de Salud en el Trabajo correspondientes.

Si empezaste a trabajar después del 1 de Julio de 1997, te aplica la ley de 97 y los requisitos son:

  • Tener por lo menos 250 semanas de cotización, o bien, si el dictamen médico determina una valuación de 75% o más, sólo se requerirá que tenga acreditadas 150 semanas de cotización.
  • Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
  • Dictamen de invalidez ST-4, expedido por los servicios Médicos Institucionales, que acredite el estado de invalidez del asegurado. Este documento será proporcionado directamente por los servicios de Salud en el Trabajo correspondientes.

Para realizar tu trámite de Pensión por Invalidez de forma presencial, necesitas acudir a la Unidad de Medicina Familiar o en la Subdelegación de adscripción de 08:00 a 15:00 horas.

Habiendo declarado los servicios médicos el estado de invalidez, puedes solicitar tu pensión.

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Fuente: Internet

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