Culiacán, Sinaloa. Por unanimidad el pleno del Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Decimosegundo Circuito determinó el sobreseimiento del amparo en revisión con número de expediente 463/2023 promovido por Jesús Estrada Ferreiro.
A través de un comunicado emitido por el Congreso del Estado se señaló que este tribunal con residencia en Mazatlán avala la legalidad de separar del cargo a Jesús Estrada Ferreiro y desecha el amparo promovido por el exalcalde.
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Con ello, se agregó que su separación del cargo como presidente municipal de Culiacán a petición de la Fiscalía General del Estado por la probable comisión de delitos, es legal, así como su vinculación a proceso y la posible condena también, en caso de darse.
Cabe recordar que este asunto se formó con motivo del recurso de revisión promovido por Jesús Estrada Ferreiro en contra de la sentencia dictada en el juicio de amparo indirecto 771/2022 (y acumulados) del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, mediante la cual se sobreseyó en el juicio.
En este asunto, Jesús Estrada Ferreiro argumentó la inconstitucionalidad de algunos artículos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, así como diversos actos emitidos por el Congreso del Estado de Sinaloa en el procedimiento de declaratoria de procedencia, mejor conocido como desafuero.
Con esta sentencia se confirma -de manera definitiva- la constitucionalidad de la Ley reclamada por Estrada y la legalidad y constitucionalidad de los actos que reclamó al Congreso del Estado.
El procedimiento de declaratoria de procedencia fue iniciado y finalizado en su momento a solicitud de la Fiscalía General del Estado, a efecto de remover el fuero constitucional del entonces presidente municipal y poder ser procesado por la probable comisión de los delitos de abuso de autoridad y discriminación, así como el diverso delito de ejercicio indebido del servicio público y por el desempeño irregular de la función pública.
Finalmente, se reafirmó que la separación del cargo es legal, la vinculación a proceso es legal, y la posible condena también sería legal, de darse el caso.