Mazatlán, Sinaloa.- Siempre y cuando la empresa para la que labora o laboró en 2020 mínimo por dos meses haya obtenido ingresos de más de 300 mil pesos y éstos están declarados ante el SAT, usted debe recibir utilidades, informó el delegado de la Procuraduría del Trabajo en Mazatlán, Martín Luis Morales Acosta.
Quien aclaró que para las personas físicas se tiene como límite recibir esta compensación hasta el 29 de mayo, mientras que personas morales deben hacerlo hasta el 30 de junio.
“Siempre y cuando hayan trabajado por lo menos dos meses del año 2020 y si está laborando en otra parte o cambiaron de ciudad tienen que mandar un correo o acercarse a la fuente patronal donde estuvieron laborando y ya piden sus utilidades por lo que les pudieran otorgar de acuerdo a las ganancias adquiridas”.
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El delegado aclaró que si usted no sabe si su empresa obtuvo ganancias y no le llegaron sus utilidades, debe acercarse a la Procuraduría del Trabajo Federal o Estatal para que se haga la investigación ante el SAT y ahí visualizar si su empresa debe cumplir con esta obligación.
Pero para ello se debe esperar a que concluya la fecha límite del pago de utilidades que por ley está reglamentado.
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