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¿Quiénes son? Reciben terna para elegir al titular del Centro de Conciliación Laboral de Sinaloa

En su oficio, el Ejecutivo explicó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado es un organismo público descentralizado, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que gozará de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión

Línea Directa | Congreso del Estado

Culiacán, Sinaloa.- Díaz Quiñónez Denise Azucena, Jiménez Celis Beatriz y López Ortiz Gilda Lizette, son los tres que conforman la terna enviada por el gobernador Rubén Rocha Moya para designar a la persona titular de la Dirección General del Centro de Conciliación Laboral del Estado.

En ese sentido, la Diputación Permanente turnó el oficio a la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, para su análisis y valoración correspondiente.

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En su oficio, el Ejecutivo del Estado explicó que el Centro de Conciliación Laboral del Estado es un organismo público descentralizado, especializado e imparcial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, que gozará de plena autonomía técnica, operativa, presupuestaria, de decisión y de gestión, cuya función es atender de manera previa los procesos jurisdiccionales y los conflictos laborales de orden local.

“Considero que las personas propuestas justifican plenamente las cualidades y conocimientos necesarios para el adecuado ejercicio del cargo en cuestión y para el cumplimiento de las atribuciones conferidas al Centro de Conciliación Laboral, además de contar con la capacidad y experiencia suficiente para cumplir con las obligaciones y facultades que exige el cargo de titular de la Dirección General del Centro de Conciliación Laboral”, argumentó.

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Para la designación de la persona titular del Centro de Conciliación Laboral, el Ejecutivo somete a consideración del Congreso del Estado esta terna, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas realizará la designación correspondiente.

En la terna propuesta, el Gobernador destaca que además de cumplir con los requisitos establecidos por los artículos 72 Bis de la Constitución Política del Estado de Sinaloa y 23 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Sinaloa, las tres personas propuestas cumplen con el perfil de idoneidad.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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