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Los Mochis, Sin.- En este mes de abril todas las personas que hayan tenido dos o más patrones en el año, o que sus ingresos en el año por concepto de sueldos y salarios hayan excedido de 400 mil pesos, así como todas las personas físicas que hayan tenido ingresos por otros conceptos como actividades empresariales, arrendamientos y dividendos, están obligadas a presentar su declaración anual al SAT antes del 30 de abril porque si no cumplen pueden ser sancionados con multas que afecten su economía, informó el expresidente del Colegio de Contadores Públicos del Norte de Sinaloa, José Ramos Ortiz.
Sobre todo, el contador público y presidente de la Coparmex en Los Mochis, exhortó a que como personas físicas aunque no estemos obligados a presentar declaración anual, tengamos la cultura de pedir comprobantes de los gastos médicos, hospitalarios, funerales, entre otros que tenemos derecho a deducir en caso de que optemos por presentar la declaración anual, ya que esas facturas pueden generar un probable saldo a favor, y que al presentarla y solicitar que nos lo regresen, la autoridad fiscal debe cumplir con la devolución de impuestos en un plazo de 20 días aproximadamente.
“Una cosa es que estén obligados a presentarla y otra cosa es que aún cuando no se esté obligado a presentarla, la persona física opte por presentar la declaración anual porque tiene algunas deducciones personales, gastos médicos, hospitalarios, dentales, funerales, etcétera y eso le genere un saldo a favor”.
La devolución de impuestos es la ventaja de presentar declaración fiscal anual, aun cuando el contribuyente persona física, no esté obligado a presentarla por el monto de sus ingresos.