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SUSPENCIÓN

Pese a obtención de un amparo, Jesús Madueña no puede volver como rector de la UAS ¿A qué se debe?

Madueña Molina obtuvo una suspensión definitiva de un juez federal para la separación del cargo del caso de los 67 mdp en carne, pero sigue vigente esta medida por el caso de los 45 mdp en tortillas

Jesús Madueña Molina, rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa
Foto: Archivo de Línea Directa. | Jesús Madueña Molina, exrector de la Universidad Autónoma de Sinaloa

Culiacán, Sin.- El Poder Judicial de la Federación concedió a Jesús Madueña Molina una suspensión definitiva en contra de la medida cautelar de separación del cargo como rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS) que dictó un juez local el pasado 12 de noviembre por el caso de la presunta compra irregular de 67 millones de pesos en productos cárnicos.

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Sin embargo, pese a este amparo Madueña no puede regresar a su puesto en la UAS debido a que sigue vigente otra medida cautelar de separación del cargo en una causa penal distinta, la de la presunta compra irregular de 45 millones de pesos en tortillas.

PRIMERA SEPARACIÓN: SIGUE VIGENTE

El pasado 17 de octubre, un juez de Control separó temporalmente del cargo al rector Jesús Madueña e integrantes del Comité de Adquisiciones, ante el temor de que pudieran destruir, eliminar, modificar, y ocultar información en la investigación del caso de tortillas por 45 millones de pesos.

En la audiencia de revisión de medidas cautelares, personal de la Fiscalía General del Estado (FGE) solicitó poner medidas más lesivas para los imputados.

Los agentes argumentaron que entre los meses de mayo y septiembre de este año, solicitaron al entonces rector información relacionada al sueldo de los imputados, padrón de proveedores, declaraciones patrimoniales y expedientes laborales, sin embargo, casi cinco meses después no la habían remitido.

Ante la falta de voluntad y que pudieran obstaculizar el proceso de investigación, reiteraron que debían ser separados del cargo en tanto se lleva a cabo este proceso penal.

Luego de escuchar a ambas partes, el juez de Control Carlos Alberto Herrera resolvió que es válido implementar esta medida cautelar, donde no se afectaría el principio de presunción de inocencia, y dijo que sería válida en tanto se lleva a cabo este procedimiento penal.

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Madueña interpuso un recurso de queja ante esta decisión, pero le fue negada tanto la suspensión provisional como la definitiva, primero por parte del Juzgado Segundo de Distrito, y posteriormente por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito.

“En conclusión, fue legal la decisión de negar la suspensión provisional solicitada por el quejoso, sin que se advierta queja que suplir a su favor, en términos del artículo 79, fracción II, inciso a), de la Ley de Amparo.

“Se declara infundado el recurso de queja interpuesto en contra del acuerdo de siete de noviembre de dos mil veintitrés, dictado por el Secretario en Funciones de Juez del Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, con residencia en Culiacán, en el incidente de suspensión derivado del juicio de amparo indirecto 1333/2023”, estableció el Tribunal Colegiado en su resolución.

Resolución del Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito sobre Jesús Madueña Molina UAS

Tribunal Colegiado en Materia Penal del Décimo Segundo Circuito reitera que Madueña Molina no puede volver al cargo de rector de la UAS mientras sigue su proceso penal

SEGUNDA SEPARACIÓN: SE OBTUVO EL AMPARO

El pasado 10 y 12 de noviembre se realizó la audiencia del caso de la presunta compra irregular de 67 millones de pesos en productos cárnicos, en donde el juez dictó nuevamente la medida cautelar de separación del cargo contra Jesús Madueña y los integrantes del Comité de Adquisiciones.

Se interpuso un recurso de queja y el Juzgado Tercero de Distrito concedió la suspensión definitiva en contra de medida dictada el pasado 12 de noviembre, dentro de la causa penal 1117/2023, que es la relativa al caso de la carne, y no afecta a lo dictado en el caso de las tortillas.

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Por tanto, Madueña Molina no puede volver al cargo de rector, y ya se terminó el periodo de 40 días hábiles en los cuales lo puede suplir el secretario general como encargado de despacho, que en este caso es Robespierre Lizárraga.

De acuerdo con el artículo 35 de la Ley Orgánica y el 26 del Estatuto General de la UAS, cuando la ausencia del rector titular sea por más de 40 días hábiles, el Consejo Universitario debe elegir a un rector interino de entre la comunidad universitaria, ya que el encargado de despacho queda sin personalidad jurídica.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Axel Avendaño

Axel Avendaño

Editor de ContenidosReportero

Axel Avendaño

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