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¡Están “perdonando” todo! Da de baja tu auto con no más de 2 mil 864 pesos

El 1 de julio entró en vigor el programa “Baja definitiva por vehículo que impida su circulación”, en todas las oficinas de Recaudación de Rentas del estado

David González Torrentera, recaudador de Rentas en Mazatlán
David González Torrentera, recaudador de Rentas en Mazatlán. | Línea Directa

Mazatlán, Sin.- Ante la problemática de vehículos “chatarra” en calles de la ciudad y en busca de depurar el padrón vehicular en Sinaloa, Gobierno del Estado implementó un programa de apoyo para dar de baja definitivamente los vehículos que ya no les dan uso alguno.

David González Torrentera, recaudador de Rentas en Mazatlán, comentó que este programa entró en vigor a partir del 1 de julio y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023, con grandes descuentos para los contribuyentes.

Agregó que este beneficio es muy bueno para la ciudadanía, ya que al propietario se le perdonarán los adeudos, recargos y multas que pueda tener el vehículo y solo pagara la cantidad de 2 mil 863.22 pesos.

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“Los vehículos que tienen, que ya no quieren, ya no los utilizan y que estos les han generado adeudos muy grandes, y cuando dejan mucho tiempo sin pagar hay vehículos que adeudan hasta 35 mil pesos que no pagaron y esos vehículos se bloquearán en el Repuve, para que ya no puedan dar de alta en otros estados, y la realidad que el costo es un costo muy accesible y con solo 2 mil 863.22 pesos podrían dar de baja definitiva”.

Expresó que este programa es una gran oportunidad para todas aquellas personas que tiene un carro sin uso, que ya no sirve y piensan venderlo o llevarlo a un yonque, por lo que invitó a aprovechar este beneficio que el gobierno está ofreciendo en toda la entidad.

Para acceder a este programa, los requisitos para personas físicas son presentar los documentos originales con que se acredita la propiedad del vehículo, tarjeta de circulación, las dos placas de circulación e identificación oficial.

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En el caso de las personas morales son los mismos requisitos, solo hay que agregar el acta constitutiva con los derechos y obligaciones o el poder general para actos de administración.

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Andrés Viera

Andrés Viera

Reportero

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