Culiacán, Sinaloa. En Sinaloa no existe un vacío de poder ni en el gobierno estatal ni en el municipal, aseguró la diputada presidenta de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso del Estado, María Teresa Guerra Ochoa, al referirse a la licencia temporal solicitada en el Ayuntamiento de Culiacán.
Entrevistada este martes 12 de mayo de 2026, la legisladora explicó que, de acuerdo con la ley, cuando una licencia es menor a 10 días no requiere pasar por el cabildo ni por el Congreso, ya que se designa a un encargado de despacho de manera automática.
Sin embargo, puntualizó que cuando la licencia es mayor a 10 días y no tiene una fecha específica de término, corresponde al cabildo nombrar a un alcalde o alcaldesa interina.
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Apuntó que el Congreso solo se va a ocupar si hay vacante, y en el caso del Ayuntamiento de Culiacán no hay vacante porque tendría que haber una condición de renuncia.
“Lo que sí se ha demostrado no solamente en el Congreso sino también en el gobierno estatal y municipal, primero, es que no hay vacío de poder, que hay gobernabilidad, que hay resultados y que hay una política pública”, afirmó.
Cabildo es el encargado de evaluar temporalidad de licencia
Guerra Ochoa indicó que actualmente el proceso corresponde al cabildo, que deberá evaluar la temporalidad de la licencia otorgada, pues al tratarse de una ausencia temporal sin plazo definido, no existe obligación legal de fijar una fecha de conclusión.
Un gobierno con autonomía municipal y sin vacío de poder
Asimismo, la presidenta de la Jucopo, Tere Guerra Ochoa, señaló que las recientes decisiones tomadas por la alcaldesa en funciones, como cambios de funcionarios, demuestran que no existe un vacío de poder en el municipio.
Finalmente, subrayó que existe autonomía municipal y que corresponde al cabildo, integrado por regidores, síndica procuradora y alcaldesa, realizar las evaluaciones y determinaciones que consideren pertinentes conforme a la ley.
¿En qué casos solicitan licencia temporal un alcalde o gobernadora?
Un alcalde o una gobernadora pueden solicitar licencia temporal para separarse provisionalmente de su cargo por motivos personales, de salud, para participar en procesos electorales, atender asuntos legales o para poder ser investigado por autoridades como la Fiscalía General.
En el caso de los alcaldes, la licencia suele ser aprobada por el cabildo, y dependiendo del tiempo de ausencia o si existe una vacante, puede intervenir el Congreso del Estado de Sinaloa. Para una gobernadora o gobernador, generalmente corresponde al Congreso local autorizar la licencia y definir quién asumirá el cargo de manera temporal o interina.