Culiacán, Sin. Este jueves se aprobó penalizar las terapias de conversión y a quien realice cualquier práctica relacionada con el tema, luego de que legisladores del Congreso de Sinaloa votaran el dictamen a favor por unanimidad.
El pleno del Congreso aprobó penalizar estas medidas y quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona y derivado de estos se afecte su integridad física, moral o psicoemocional, se le impondrá de dos a seis años de prisión y de 200 a 400 días multa, según explica el dictamen.
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Apenas el 20 de julio diputadas y diputados hicieron la primera lectura al dictamen que este día aprobó, el cual contempla reforma y adiciones a diversas disposiciones de la Ley de Salud, Ley de Salud Mental y Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, todas del Estado de Sinaloa.
Según explica el dictamen, este delito se perseguirá por querella de parte, excepto en el supuestos en que la víctima sea niña, niño o adolescente, persona con discapacidad, o adulto mayor que serán perseguibles de oficio.
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Se entiende por terapias de conversión a los tratamientos, servicios o prácticas cualquiera que sea su denominación a las sesiones psicológicas, psiquiátricas, métodos o tratamientos que tengan por objeto anular, obstaculizar, reprimir o menoscabar la expresión de género o identidad de género, así como la orientación sexual de la persona, en las que se emplea violencia física, moral o psicoemocional, mediante tratos crueles, inhumanos o degradantes que atenten contra la dignidad humana.