Culiacán, Sinaloa.- En la sesión extraordinaria de este jueves 12 de febrero de 2026, en el Pleno del Congreso de Sinaloa, los diputados aprobaron por unanimidad, con 35 votos a favor, un dictamen que adiciona a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa y a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, disposiciones que establezcan la adecuada protección de la autonomía y libertad sindical frente a cualquier acto de injerencia por parte de personas servidoras públicas, propuesta presentada por el gobernador Rubén Rocha Moya.
En el dictamen se señala con claridad qué conductas se consideran de injerencia sindical, tanto acciones directas como omisiones y actos realizados a través de terceros, mismas que serán consideradas como falta grave y establece la responsabilidad administrativa correspondiente, de acuerdo a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa.
El diputado presidente de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, Rodolfo Valenzuela Sánchez, dio el veredicto de la aprobación.
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“Con 35 votos a favor, por unanimidad se aprueba el dictamen en lo general. En virtud de no haberse presentado propuestas separando artículos del dictamen para su reserva en particular, con fundamento en el artículo 189 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado de Sinaloa, se tiene por aprobado el dictamen”, dijo.
Este dictamen está orientado a fortalecer el marco jurídico en materia sindical, con el objetivo de garantizar la libertad, autonomía y democracia en las organizaciones de trabajadores, así como de ampliar la protección de los derechos colectivos laborales.
El objetivo es armonizar la legislación local con los principios constitucionales y los estándares nacionales e internacionales en materia de libertad sindical.
La reforma incluye modificaciones a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado de Sinaloa, al reformar los artículos 182, 183, 184, 185, 187 y 199, y adicionar el artículo 181 Bis; a la Ley de los Trabajadores al Servicio de los Municipios del Estado de Sinaloa, al reformar los artículos 95, 97, 99, 100 y 102, y adicionar los artículos 94 Bis, 100 Bis, 102 Bis y 106 Bis; así como la adición del artículo 64 Ter a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, con el propósito de fortalecer la libertad sindical, permitir la coexistencia de más de un sindicato y sancionar los actos de injerencia en la vida interna de las organizaciones sindicales.
Entre los principales alcances de la reforma se encuentra la ampliación del derecho de las personas trabajadoras a elegir libremente a sus dirigencias sindicales, permitir el registro de más de un sindicato en entes públicos y ayuntamientos, fortalecer la participación democrática en la vida sindical y garantizar que las y los trabajadores sean consultados en decisiones que puedan afectar sus derechos laborales.
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Asimismo, se establecen medidas para proteger a los sindicatos frente a actos de injerencia por parte de personas servidoras públicas, los cuales podrán ser considerados como faltas administrativas graves.
El dictamen destaca la importancia del derecho al trabajo y de la libertad sindical como pilares fundamentales de los derechos humanos laborales, así como el papel de los sindicatos en la defensa, promoción y equilibrio de las relaciones laborales.
También subraya la necesidad de consolidar un marco jurídico que asegure la autonomía sindical, la representatividad auténtica y la participación libre de las y los trabajadores, en congruencia con las reformas laborales impulsadas a nivel federal y los compromisos internacionales asumidos por el estado mexicano.
Tras adicionar el artículo 181 Bis a la Ley de los Trabajadores, se establece que los sindicatos deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia por parte de las personas servidoras públicas en su constitución, funcionamiento, administración y libre desarrollo de las elecciones sindicales, las condiciones de elegibilidad, la reelección y/o la destitución de las directivas de los sindicatos.
Se puntualiza que cualquier contravención a estas disposiciones será considerada falta administrativa grave y sancionada en los términos de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa.
¿Qué es una injerencia sindical?
La injerencia sindical es la intervención indebida de una persona, empresa, autoridad o incluso de otro sindicato en la vida interna de un sindicato, afectando su autonomía y libertad de organización.
En términos legales, ocurre cuando un patrón o cualquier tercero intenta influir, controlar o manipular decisiones sindicales, como la elección de dirigentes, la afiliación de trabajadores o la firma de contratos colectivos. En México, la ley protege la libertad y autonomía sindical, por lo que este tipo de prácticas están prohibidas y pueden ser sancionadas.