Culiacán, Sin. En la sesión ordinaria de este martes 10 de febrero 2026 avanzó una iniciativa presentada por el gobernador Rubén Rocha Moya que propone prohibir expresamente en la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado los actos de injerencia sindical y detallar enunciativamente las conductas que serían consideradas como tales, mismas que serían catalogadas como falta administrativa grave.
La propuesta especifica que algunas conductas calificadas como falta administrativa grave son: coaccionar, inducir o amenazar a personas trabajadoras o agremiadas para participar o abstenerse de participar en eventos de campaña sindical, o para votar por una planilla, dirigente o sindicato determinado.
El secretario de la Diputación Permanente del Congreso de Sinaloa, Hólincer Castro Marañón, detalló algunos de los causales de responsabilidad en la legislación laboral.
“En la Ley de Responsabilidades Administrativas se propone contemplar a los actos de injerencia sindical como causales de responsabilidad y su respectiva correlación en la legislación laboral”.
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Además, ejercer presión o intimidación jerárquica sobre subordinados para que expresen públicamente su apoyo o rechazo a determinada candidatura sindical.
Asimismo, se considerará como falta administrativa grave el obligar o condicionar la asistencia a actos, mítines o reuniones sindicales con fines de proselitismo y condicionar la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales a la emisión del voto o apoyo hacia una planilla sindical, entre otras.
La iniciativa del Ejecutivo del Estado propone adicionar un artículo 181 Bis a la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado, y un artículo 64 Ter a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Sinaloa, en materia de autonomía sindical.
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Cabe mencionar que esta iniciativa se turnó para su análisis y dictaminación a la Comisión de Asuntos Obreros, Trabajo y Previsión Social.
¿Cuándo ocurre injerencia sindical?
Una injerencia sindical ocurre cuando una persona, empresa o autoridad interviene indebidamente en la vida interna de un sindicato, afectando su autonomía y libertad. Es decir, cuando alguien que no forma parte del sindicato intenta controlar, influir o manipular sus decisiones, elecciones, organización o actividades.
Por ejemplo, hay injerencia sindical si un patrón impulsa o financia a cierto dirigente, presiona a los trabajadores para afiliarse (o salirse) de un sindicato, influye en la elección de líderes sindicales o crea un “sindicato a modo”. En México, este tipo de prácticas están prohibidas por la ley, ya que vulneran la libertad sindical y los derechos de los trabajadores.
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