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Avanza iniciativa que castiga con hasta 5 años de cárcel a quien abandone a adultos mayores

A la iniciativa se le dio primera lectura y la propuesta fue turnada para la Segunda Lectura de Ley

Avanza iniciativa que castiga con hasta 5 años de cárcel a quien abandone a adultos mayores | Ilustrativa

Culiacán, Sinaloa. En el Congreso de Sinaloa avanzó la iniciativa que propone sancionar de seis meses a cinco años de prisión y de ochenta a doscientos cincuenta días multa a quienes abandonen o descuiden a las personas adultas mayores, así como a quienes les hagan daño físico o emocional.

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Lo anterior, después de que en el pleno ya se le dio primera lectura y la iniciativa fue turnada por la presidencia de la Mesa Directiva para una segunda lectura de Ley.

La iniciativa es impulsada por los diputados locales del Partido Sinaloense (PAS) y las ciudadanas Rosa Emma Contreras Villapudúa y Paula Liliana Díaz Quiñónez. Propone adicionar el artículo 160 Bis al Código Penal para el Estado de Sinaloa, en materia de protección de la integridad física y emocional de las personas adultas mayores.

El secretario de la Mesa Directiva del Poder Legislativo, César Ismael Guerrero Alarcón, indicó que en la iniciativa se establece que a quien le asista el deber legal del cuidado y protección de una persona adulta mayor incapaz de valerse por sí misma, la someta a condición de abandono o desamparo, entre otras situaciones, se aplicará la sanción antes mencionada.

“A quien le asista el deber legal de cuidado y protección de una persona adulta mayor incapaz de valerse por sí misma, la someta a condiciones de abandono o desamparo, delegue indebidamente en otra persona o institución y esta ponga en cualquier condición o circunstancia que pudiera derivar a una situación de maltrato, lesiones, abuso físico o psíquico, descuido, negligencia o explotación, se le impondrán de seis meses a cinco años de prisión y de ochenta a doscientos cincuenta días de multa”, dijo.

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Esta pena se agravará cuando en el caso de abandono de una persona adulta mayor, esta tenga uno o más padecimientos crónicos degenerativos o de enfermedad terminal y/o se encuentre en condiciones graves de salud.

No obstante, este delito se perseguirá por querella de parte, excepto en el supuesto en que la víctima sea persona adulta mayor con alguna discapacidad que serán perseguibles de oficio.

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Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

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