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Aprobado en comisiones: Proponen 6 años de prisión por terapias de conversión en Sinaloa

El dictamen fue aprobado con el voto en contra por el Partido Sinaloense (PAS) al acusar que la iniciativa se trataba de un “plagio” y se pronunció porque se hiciera un Parlamento abierto sobre el tema

Integrantes de comisiones unidad aprueban dictamen de hasta 6 años de prisión por terapias de conversión en Sinaloa
FOTO: Cortesía. | Con ocho votos a favor y dos en contra, comisiones unidas aprueban el dictamen.

Culiacán, Sin.- Con ocho votos a favor y dos en contra, los diputados integrantes de las Comisiones unidas de Igualdad de Género y Familia, de Justicia y de Salud y Asistencia Social aprobaron un dictamen que propone reformar y adicionar diversas disposiciones del Código Penal, Código Familiar, la Ley de Salud, Ley de Salud Mental y Ley para prevenir y eliminar la discriminación, todas del Estado de Sinaloa para castigar con prisión los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual, Identidad de Género o Expresión de Género (Ecosig) también conocidas como terapias de conversión.

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Donato Vega, director de Asuntos Jurídicos del Congreso le dio lectura al dictamen donde se estableció que a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule, suprima la orientación sexual, identidad de género o expresión de género de una persona se le impondrá de dos a 6 años de prisión y de 200 a 400 días de multa.

Agregó que las penas se aumentarán en una mitad más en su mínimo y máximo cuando concurra algunas de las circunstancias siguientes: sea sometido en contra de niñas, niños y adolescentes adultos mayores o personas con alguna capacidad; se emplee violencia física, psicológica o moral en contra de la víctima; que el responsable tenga una relación laboral, docente, domestica, médica o cualquier otra que implique una subordinación de la víctima de cuando se valga de la función pública para cometer el delito.

“Además de las sanciones, se le destituirá del empleo, cargo o comisión pública e inhabilitará para ocupar o ejercer otro similar por un término igual a la pena impuesta y según sea caso se le suspenderá en el ejercicio de la profesión hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión en caso de que la personas que incurra en las conductas inscritas en el presente capítulo; cuando sea padre, madre o tutor de la víctima sólo se le impondrá amonestación cuando en la Comisión de las conductas descritas en el presente capítulo, pero cuando incurra en otro delito se aplicarán las reglas del concurso de delitos que disponen el presente código”, expuso.

También, puntualizó que se aclara que no se consideran trastornos mentales la orientación sexual o la identidad de género de una persona.

En ese sentido, el diputado por Morena, Jesús Ibarra Ramos, solicitó un receso análisis en cuanto al tema de la penalidad expuesta por director de asuntos jurídicos, argumentó que en tema de amonestación para los padres, en relación a que señaló que en el artículo hay una disparidad en la aplicación de sanciones, donde por votación se declaró receso por alrededor de una hora.

Durante la discusión del dictamen las diputadas del Partido Sinaloense, Viridiana Camacho Millán y Rosario Osuna acusaron que el dictamen se trataba de un “plagio” y pidieron que no los llamaran “mentirosos”.

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Al respecto, la diputada Rosario también solicitó una propuesta, la cual consistía en que se realizará un Parlamento Abierto para que estuviera suficientemente discutido el tema con profesionales, sin embargo, por mayoría se desechó el mismo.

Fuente: Línea Directa

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Beatriz Piña

FotógrafoReportero

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