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¡A la espera del documento! Rocha publicará Ley de Educación Superior aprobada en Congreso del Estado

Los diputados locales no pueden legislar por encima de lo que ya está legislado en la federación, en relación a la Ley General de Educación, la cual se aplica en todo el país

Rocha publicará Ley de Educación Superior aprobada en Congreso del Estado
Rocha publicará Ley de Educación Superior aprobada en Congreso del Estado | Línea Directa

Culiacán, Sinaloa. – Ahora que el Congreso del Estado aprobó la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, el gobernador, Rubén Rocha Moya, esperará que le envíen el documento para publicarla en el Diario Oficial del Estado de Sinaloa.

Mencionó que cada vez que se hace una ley es de mucho respeto porque, en primer lugar, la sacaron con buena mayoría de votos por parte de los legisladores, con excepción de la bancada del Partido Sinaloenses (PAS) que se opuso.

El mandatario estatal, comentó que los diputados locales no pueden legislar por encima de lo que ya está legislado en la federación, en relación a la Ley General de Educación, la cual se aplica en todo el país.

 “Es bueno que cada estado, cada entidad tenga su propia ley, lo que no pueden es salirse de los marcos de lo que tiene Ley General o la Constitución, entonces yo reconozco a los diputados y diputadas que estén legislando y esta es una buena ley”, expresó.

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Rocha Moya, reconoció que, en el estado, se trabajó la creación de la Ley de Educación Superior del Estado de Sinaloa, con las consultas que se realizaron con los grupos sociales involucrados.

Cabe mencionar que la aplicación de la Ley de Educación Superior corresponderá a las autoridades educativas del Estado y de sus municipios, así como a las autoridades de las instituciones de educación superior, en los términos y ámbitos de competencia que la ley establece.

La Ley tiene por objeto:

  1. Establecer las bases para dar cumplimiento a la obligación del Estado de garantizar el ejercicio del derecho a la educación superior;
  2. Contribuir al desarrollo social, cultural, científico, tecnológico, humanístico, productivo y económico del país y del Estado, a través de la formación de personas con capacidad creativa, innovadora y emprendedora, con un alto compromiso social, que pongan sus conocimientos y habilidades al servicio de la Nación, del Estado y de la sociedad en general;

III. Distribuir la función social educativa del tipo de educación superior en el Estado y sus municipios;

  1. Establecer la coordinación, promoción, vinculación, participación social, evaluación y mejora continua de la educación superior en el Estado;
  2. Orientar los criterios para el desarrollo de las políticas públicas en materia de educación superior con visión de Estado;
  3. Establecer criterios para el financiamiento correspondiente al servicio público de educación superior; y

VII. Regular la participación de los sectores público, social y privado en la educación superior.

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También se establecen medidas que deben implementar las instituciones de educación superior en materia de igualdad de género y prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres.

De igual manera, se incorpora la obligatoriedad para la autoridad educativa estatal y las instituciones de educación superior de asegurar el acceso a la educación de personas pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas, así como su permanencia, respetando y preservando su cosmovisión, sus identidades, sus costumbres, sus conocimientos ancestrales y su patrimonio histórico y cultural.

Fuente: Línea Directa

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Sandra Solís

Reportero

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