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IEES aprueba lineamientos de paridad para garantizar el acceso de mujeres a candidaturas

Se establecen reglas para la asignación de candidaturas en este proceso electoral, tanto para los partidos, coaliciones e independientes

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Culiacán, Sin.- El Instituto Electoral del Estado de Sinaloa (IEES) aprobó los lineamientos de paridad de género en las candidaturas para el proceso electoral 2021, con el fin de que se logre que las mujeres tengan acceso a los cargos de elección popular. 

La consejera titular de la Comisión de Paridad de Género, Gloria Isela García Cuadras, explicó que, en las diputaciones, todas las fórmulas deberán integrarse con una candidatura propietaria y una suplente del mismo género de forma alternada, o bien, se podrá postular fórmula integrada por el propietario del género masculino y la suplente del género femenino, pero no a la inversa.  

Los partidos políticos que participen en coalición, candidatura común, así como las candidaturas independientes no podrán postular fórmulas en más del cincuenta por ciento de las candidaturas propietarias y suplentes por el sistema de mayoría relativa y de representación proporcional de un mismo género.   

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“Buscando que las postulaciones paritarias y la participación de las mujeres que sea sin ningún sesgo, que sean postuladas en los lugares donde los partidos políticos tienen muy baja aceptación y sería casi nulo o más bien nulo la posibilidad de accesar a un cargo, entonces estos bloques revisten particular importancia porque pues de ellos depende que las mujeres accesen o no a los cargos”, dijo.  

Destacó que también las listas estatales de las candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional se integrarán con dieciséis fórmulas de candidaturas propietarias y suplentes en forma alternada; y dicha lista deberá ser encabezada por una fórmula integrada por el género femenino.  

En tanto, la postulación de regidurías las planillas deberán integrarse con un cincuenta por ciento de fórmulas de candidaturas a regidurías de un género y cincuenta por ciento de fórmulas del otro género, mismas que se incluirán alternadamente.  

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Las coaliciones y candidaturas comunes deberán observar las mismas reglas de paridad de género que los partidos, aun cuando se trate de coaliciones parciales o flexibles, en cuyo caso, las candidaturas que presenten individualmente como partido, no serán acumulables a las de la coalición o candidatura común para cumplir con el principio de paridad.  

Detalló que, una vez aplicada la fórmula de asignación de las diputaciones por el principio de representación proporcional, se verificará si sumadas éstas con las diputaciones electas por el sistema de mayoría relativa se cumple con el principio de paridad de género en la integración del Congreso.   

De no lograrse la paridad total, el IEES procederá a reajustar la asignación realizada de las listas de representación proporcional, deduciendo a los partidos políticos tantas diputaciones del género sobrerrepresentado como fuere necesario en el orden de prelación en que aparezcan, substituyéndolas con fórmulas del género subrepresentado. 

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Fuente: Internet

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Carola Rojo

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