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La Constitución les vale

Culiacán del caos vial, los retenes, baches y topes

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Las normas que a nivel internacional operan para la inspección, detención y cateos, y que son avaladas (en teoría) por nuestro país, aquí son sistemáticamente violadas.

Mientras los tribunales internacionales prohíben y sancionan, la violación de garantías por parte de los cuerpos policiacos, el Ejército y cualquier otra instancia, en México oficiales reteneros y sus jefes, desde el mando inmediato superior hasta el titular del Ejecutivo, continúan cometiendo, en estricto, delitos en la plena impunidad, pues a eso equivale la inspección y detención arbitraria, sin orden judicial de por medio.

Aunque la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tratado de enmendar la plana de la ilegalidad gobernante, señalando que todo caso de presunta violación a la ley “debe ser llevado de inmediato con un juez, y el policía o el fiscal deberán ser capaces de narrar y transmitir al juez los hechos y circunstancias que apreció, de manera que el juez se convenza que, de haber estado él en el lugar de los hechos, hubiera llegado a la misma conclusión”, eso es letra muerta.

RETENEROS Y CATEADORES DEBEN IR A LA CÁRCEL

En efecto, se tiene que probar sin sombra de duda (en el supuesto de la sospecha oficial que motiva la inspección y/o detención) “de forma objetiva de que en ese momento se estaba cometiendo un delito o la persona estaba relacionada con un delito ya denunciado”.

“Si la autoridad no logra ese convencimiento de manera clara y contundente, la inspección será declarada ilegal”.

En consecuencia, si la inspección fue ilegal, oficiales y mandos, así como sus jefes, por extensión, deben ser enjuiciados, sancionados y, dado el caso, encarcelados, así de claro.

En la ronda de la palabrería oficialoide, la SCJN “aclara” que “en forma alguna” no se permite “inspecciones en las casas o domicilios o inmuebles de los ciudadanos sin orden judicial”.

Para que, en apego a la Constitución, a la ley, se pueda realizar el cateo de domicilios, “sigue siendo un requisito inexcusable contar con una autorización judicial”.

A la vista de las cotidianas evidencias, salen sobrando los comentarios.

MÁS VERBORREA

También precisa la SCJN (de lengua se come un plato) que “las reglas y parámetros que se dan son pautas generales y de ningún modo justifican o autorizan actuaciones arbitrarias de la policía, por lo que habrá que revisar cada caso en concreto para determinar que lo acontecido se haya ajustado a dichos principios”.

En la práctica seguimos en un país, estado y municipio, de ficciones y simples declaraciones gubernamentales. El hecho inconcuso es que las autoridades violan la Constitución, son delincuentes en estricto, y deberían ser sancionadas.

Desde luego, palabras al viento. Si hubiera diputados… y senadores… y…

EN EL TINTERO

-En Estados Unidos, Canadá y otros países del mal llamado “primer mundo”, se puede cruzar de un lado a otro, de una frontera a otra, sin retén alguno, salvo condiciones excepcionales, de emergencia. Ellos se cuidan de violar garantías y que sus empleados (en México) lo hagan.

-El vecino del norte impone los retenes militares en México, que le hace caso, violando las garantías de los mexicanos. ¿Qué ya no son mandaderos?

-En los estados y municipios, proceden a su antojo, según su negligencia, irresponsabilidad y complicidad con la delincuencia. A ver hasta cuándo. ([email protected]).

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Jorge Guillermo Cano

Jorge Guillermo Cano

Columnista

Jorge Guillermo Cano

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