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Profeco retira carteles que engañaban al consumidor en el cobro del IVA

Personal de la dependencia inició acciones de verificación, supervisión y sanción para impedir el alza de precios en tiendas de autoservicio, departamentales y de conveniencia

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México, D.F.- Como parte de la estrategia que implementó la
Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), en diciembre, para evitar abusos
y violaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, personal de la
dependencia inició acciones de verificación, supervisión y sanción para impedir
el alza de precios en tiendas de autoservicio, departamentales y de
conveniencia, utilizando como pretexto la entrada en vigor de la Reforma
Hacendaria.
Como resultado de
este operativo, se encontraron diversos carteles con información incorrecta,
sobre aumentos injustificados de precios en perjuicio de la economía familiar.

?Ante esta
situación, la medida inmediata que la Procuraduría Federal del Consumidor
realizó fue un requerimiento para que todos los establecimientos comerciales
eliminen a la brevedad este tipo de carteles, que más que orientar al público
consumidor lo confunden al contar con información falsa o errónea?, dijo el
Procurador Federal del Consumidor, Alfredo Castillo Cervantes.
Profeco no tolerará
que con el pretexto de la reforma hacendaria se aumenten los precios -salvo en
los casos que efectivamente se trate de la aplicación de un impuesto- o se
manipule la información en perjuicio de los consumidores.
Dentro de las
imprecisiones y falsedades que están incluyendo los establecimientos
comerciales en los carteles mencionados, se encuentran las siguientes:
Información falsa contenida
en el cartel: ?El primero de enero se actualizarán los precios de los
productos con el nuevo impuesto, y que ello aplica a toda la tienda
(electrónica, hogar, papelería, ferretería, etc)?.
Observación: La
reforma no afecta los precios de todos los productos. Los ajustes en el IVA, el
IEPS de bebidas saborizadas y el de alimentos con alto contenido calórico son
ajustes focalizados que no aplican a todos los productos.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Alimentos de alto contenido calórico aplicará una tasa de
8%?.
Observación: Se
omite señalar que existe una serie de bienes básicos con alto contenido
calórico que están exentos del gravamen.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Bebidas alcohólicas y cervezas. Se señalan las tasas de
IEPS respectivas?.
Observación: No se
está incrementando la tasa del IEPS de forma genérica con respecto a la que
aplicaba en 2013, por lo cual no tendría que verse ningún incremento genérico
en los precios de estos productos. En particular, no hay cambios con respecto a
lo observado en 2013 en el IEPS de cervezas, ni de bebidas con más de 14 grados
de alcohol.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Aumentos en general en abarrotes comestibles?.
Observación: El
nuevo IEPS para alimentos con alto contenido calórico no aplica de forma
generalizada a todos los abarrotes comestibles, e incluso al interior de la
categoría de alimentos con alto contenido calórico existen algunos alimentos
básicos que están exentos del impuesto, como algunas variedades de sopa
instantánea que se contenían en algún cartel detectado.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Aumentos en general en agua saborizada, isotónicos, jugos,
leche saborizada, bebidas, refrescos?.
Observación: Si
bien a algunas presentaciones les va a aplicar el IEPS de bebidas saborizadas,
ello es solamente si se encuentran saborizadas con azúcar. Las presentaciones
con otros saborizantes, y en particular las bebidas de dieta, no se encuentran
afectadas. En ningún caso queda la leche gravada por el IEPS a bebidas
saborizadas.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Ajustes en general a productos de higiene y hogar?. Observación: A la
categoría de higiene y hogar no le está aplicando ningún impuesto adicional
como un todo. Sólo se estableció un IEPS a los plaguicidas que depende de la
toxicidad del mismo (ver punto 8).
Información falsa contenida
en el cartel: ?Chicles. Se menciona que aplicará una tasa de 16% de IVA
más el IEPS de 8% por alto contenido calórico?.
Observación: Esto
es inexacto, dado que no aplicará el IEPS de alto contenido calórico.
Información falsa contenida
en el cartel: ?Plaguicidas. Se mencionan tasas del IEPS de 6, 7 o 9%?.
Observación: Se
omite señalar que en el 2014 las tasas serán la mitad de lo mencionado (3, 3.5
o 4.5%) y los plaguicidas de menor toxicidad no tendrán impuesto.
También se han
detectado frases genéricas que confunden al usuario del servicio de transporte
público de personas. En particular, los servicios de transporte prestados en
áreas urbanas, suburbanas o zonas metropolitanas continúan estando exentos del
pago del IVA de 16%.
Es obligación de
todos los proveedores proporcionar información clara, veraz y comprobable. En
caso de querer informar a los consumidores los ajustes en los precios no se
deberán utilizar frases genéricas, omitir información y generalizar los
aumentos, dado que este tipo de frases resultan engañosas y serán sancionadas
con multas de hasta 3.6 millones de pesos.
La Procuraduría
Federal del Consumidor estará atenta y utilizará todas las herramientas que la
Ley Federal de Protección al Consumidor le otorga para proteger los derechos de
los consumidores y defender así la economía familiar.
Con la finalidad de
que el público consumidor cuente con mayor información para defender sus
derechos, evitar posibles abusos y denunciar irregularidades, la Procuraduría
Federal del Consumidor pone a su disposición el Teléfono del Consumidor
55688722 desde la ciudad de México y zona metropolitana y el 018004688722 lada
sin costo para el resto del país, en redes sociales @Profeco y la página
institucional www.profeco.gob.mxIN

Fuente: Internet

Fotografía de perfil de Liz Douret

Liz Douret

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