México.- El juez de control del Centro de Justicia Penal Federal del Reclusorio Sur, Juan José Hernández Leyva, ha dado cumplimiento a la sentencia de un Tribunal Colegiado, el cual concedió el cambio de medida cautelar de prisión preventiva oficiosa a prisión domiciliaria para el exprocurador Jesús Murillo Karam.
En la audiencia se fijaron una serie de restricciones que debe de cumplir el exfuncionario federal para dar cumplimiento al amparo que otorgó el Primer Tribunal Colegiado Penal el pasado 4 de abril, recurso que fue aprobado teniendo en cuenta que Murillo Karam tiene 76 años y padece enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertensión arterial sistémica e insuficiencia vascular cerebral.
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Como parte de estas medidas cautelares se impuso vigilancia permanente de la Guardia Nacional o la FGR en el perímetro y el acceso de la casa de Murillo Karam; un registro riguroso de las personas que visiten el domicilio; evitar cualquier tipo de comunicación con las víctimas o testigos del caso por el cual se le juzga; entregar su pasaporte y visa en caso de tenerla; además, el juzgado de turno emitirá una alerta migratoria para notificar que no puede abandonar el país.
El juez señaló que dichas medidas son equivalentes a las de un centro de reclusión, motivo por el cual rechazó imponerle un brazalete electrónico, ya que la legislación vigente le impide combinar una medida cautelar con otra.
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Ante estas determinaciones, el juez impuso un plazo de 24 horas para que se efectúe el traslado de Murillo Karam, quien se encuentra en la Torre Médica de Tepepan, a su domicilio en las Lomas de Chapultepec donde continuará su proceso por los delitos de tortura, desaparición forzada y contra la administración de la justicia en el caso Ayotzinapa.