México.– Con la Modalidad 40 del IMSS es posible que los trabajadores mejoren su pensión haciendo aportaciones voluntarias a su fondo de retiro, se incorporan a ella quienes hayan empezado a cotizar antes del 1 de julio de 1997.
Es necesario que quienes se registren en esta modalidad ya estén fuera del Régimen Obligatorio, no tener patrón que los registre en el IMSS.
Al incorporarse a la Modalidad 40 el trabajador no cuenta con los servicios médicos, entonces los que se inscriban en esta modalidad, para que obtengan el servicio médico en el IMSS pueden contratar el “Seguro de Salud para la Familia”.
Ese seguro cubre asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica, hospitalaria y de maternidad, en el caso de la maternidad, brinda atención durante el embarazo, el alumbramiento y el puerperio.
Entonces, si contratas la Modalidad pero no el seguro que cubra tus servicios médicos, no tendrás derecho a la consulta en medicina familiar, de especialistas o a operaciones de emergencia, como sería con el seguro convencional.
Lo que no cubre el Seguro de Salud para la Familia es el tratamiento de enfermedades preexistentes, de hecho, esas enfermedades impiden la incorporación a este seguro, tampoco incluye padecimientos con periodos de espera, y excluye la cirugía estética, lentes, aparatos auditivos y el tratamiento de padecimientos crónicos que requieran control terapéutico permanente.
Los derechos que otorga la Modalidad 40 del IMSS son:
- Seguro de invalidez y vida
- Seguro de retiro
- Cesantía en edad avanzada y vejez
- Incremento de las semanas cotizadas
- Registro del salario base de cotización deseado
- Aportaciones a su Afore (de los ramos retiro, cesantía en edad avanzada y de la cuota social).
Por otra parte, antes de tomar la decisión de incorporarse a la Modalidad 40 del IMSS se deben analizar varias cuestiones, la principal es cuál es el monto de la pensión que alcanzaría en el momento actual, para que vea si está dispuesto a realizar el esfuerzo que le permita incrementarla una vez que se incorpore a la Modalidad 40. También debe hacer el cálculo de las aportaciones que hará una vez que ingrese a la Modalidad 40 del IMSS, esto es equivalente a invertir, considerar los años que se comprometerá a aportar el dinero a su Afore, así podrá determinar la cantidad de dinero que
habrá de invertir y cuál sería la pensión máxima que le correspondería.
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