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La incapacidad médica es tu derecho, pero ¿sabes cuánto afecta a tu economía?

Para quienes buscan incapacidad por un padecimiento menor, lo ideal es asesorarse bien, ya que su economía podría estar comprometida al disminuir su entrada de dinero

IMSS incapacidad
Cortesía | IMSS: ¿Cómo cobrar la incapacidad de trabajo?

México.– Nadie está exento de enfermarse, tener un accidente o condición que le impida ir a trabajar de manera permanente o temporal, y obviamente el afectado o afectada, está en todo su derecho de acudir al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), y solicitar al médico una revisión para determinar una posible incapacidad.

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La incapacidad temporal para el trabajo, según el Artículo 137 del Reglamento de Prestaciones Médicas del IMSS, es “la pérdida de facultades o aptitudes físicas o mentales que imposibilitan parcial o totalmente al asegurado para desempeñar su actividad laboral habitual por algún tiempo”

Es el médico tratante del IMSS quien expide el certificado y determina el tiempo probable de días para la recuperación de la enfermedad del asegurado. Y para esto hay dos formas de establecer el periodo de reposo, dependiendo de la situación:

1.- Cuando el daño a la salud es por accidente o enfermedad producidos dentro del trabajo, se otorga una Incapacidad por el ramo de Riesgo de Trabajo.
2.- En caso de que la imposibilidad física sea por causas ajenas al trabajo, corresponde al ramo de Enfermedad General.

Tema sugerido: ¿Cómo puedo cobrar una incapacidad mediante el IMSS? ¡Atención! Checa los requisitos

Cuando el caso corresponde al primer tipo de incapacidad, es decir, por accidente o enfermedad producidos dentro del trabajo, el derechohabiente no requiere semanas cotizadas, se realizara un pago del 100 por ciento del salario registrado en el IMSS, desde el inicio de la incapacidad. Tendrá un límite de pago desde un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS

En el caso de enfermedad general, sus características en concordancia con el subsidio son: requiere de cuatro semanas de cotizaciones inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad y para trabajadores eventuales, seis semanas en los cuatro meses anteriores al inicio de la incapacidad.

Además el porcentaje de pago será del 60 por ciento del salario registrado en el IMSS, a partir del cuarto día hasta el término de 52 semanas, en caso de que el trabajador o trabajadora requiera más tiempo para su recuperación y reincorporación a trabajar, según lo determinen los servicios médicos, se podrá prorrogar hasta 26 semanas más.

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Pero en el caso de incapacidades por enfermedad general, el trabajador debe ser muy honesto al momento de plantear su situación ante el médico, ya que no solo está de por medio NO recibir el 100 por ciento de su salario, también hay otras prestaciones que se pueden mermar:

-Aplica el 60% de pago de salario por parte de IMSS.
-Los días de incapacidad por enfermedad general o las faltas injustificadas, no se consideran para el reparto de utilidades.
-Tus aportaciones al Infonavit podrían reducirse.

No es en todos los casos, pero a lo largo del tiempo se ha detectado a trabajadores que buscan incapacidades “rápidas” a problemas inexistentes, lo cual no solo afecta su status laboral, también su economía ¡ojo!

Fuente: Línea Directa

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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