Da click aquí y encuentra más información de Línea Directa Portal en nuestra página de Google News
México.- Este miércoles el Instituto Nacional Electoral (INE) acordó sancionar al presidente Andrés Manuel López Obrador por hacer propaganda de su gobierno durante el periodo prohibido.
La Comisión de Quejas y Denuncias del INE autorizó el reclamo interpuesto por el Partido Acción Nacional (PAN) y Partido de la Revolución Democrática (PRD) contra el presidente de México.
En sesión ordinaria acordaron “medida cautelar y tutela preventiva solicitadas en contra del presidente de la República por la supuesta difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, es decir, durante el proceso de Revocación de Mandato”.
El motivo de la sanción es porque durante la conferencia mañanera del 21 de marzo de 2022 visible en el portal del Gobierno de México, difunde actividades gubernamentales, vinculadas a los logros y acciones del gobierno.
En dicha conferencia se anunció la apertura y funcionamiento del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, al destacar la cobertura, inversión y beneficios que dicha obra conlleva, lo que, en apariencia del buen derecho, podría constituir propaganda gubernamental y se encuentra prohibida durante el proceso de Revocación de Mandato.
El INE consideró que el criterio de interpretación legislativa que se publicó el pasado 17 de marzo en el Senado no es aplicable al proceso de Revocación de Mandato en curso que inició el 4 de febrero de este año con la publicación de la convocatoria respectiva.
Lo anterior, además, en concordancia con lo sostenido por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en sentencia SRE-PSC-33/2022 del pasado 18 de marzo, que estableció que dicho decreto de interpretación no aplica a los procesos electorales que ya comenzaron, por lo que aun si es vigente dicho decreto el mismo no resulta aplicable en los procesos en curso.