México.- Muchos trabajadores mexicanos ya cuentan las semanas y sus años para poder decir “ahora sí, que me mantenga el gobierno”, esto gracias a la pensión, que dependiendo de la fecha de su contratación, puede o no ser absorbida por el Gobierno Federal.
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Pero, ¿quiénes son las personas que ya tienen asegurada una pensión sin necesidad de abonarle más para poder que sea más o menos decorosa? Todo dependerá del régimen que en este caso son dos, el anterior, es decir el de la Ley 73 IMSS y el actual de cuentas individuales de la Ley del 97-
Pero vamos por partes y veamos qué es lo que representa cada uno de estos regímenes y cuáles son los requisitos presentes y futuros que tendrán que cubrir quienes quieran una pensión al momento de que su retiro llegue.
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Régimen anterior Ley 73
– Aplica a trabajadores que cotizaron antes del 1 de julio de 1997.
– La pensión se calcula con base en el salario promedio de los últimos 5 años laborados.
– Se requieren 60 años de edad o más y 500 semanas cotizadas para una pensión.
– Se requiere que los derechos del trabajador estén vigentes al momento de solicitar la pensión.
– Cada trabajador debe conformar un expediente de identificación para realizar trámites de su Afore.
– El pago de la pensión lo realiza el Gobierno Federal.
Régimen de cuentas individuales Ley del 97
– Trabajadores que cotizaron a partir del 1 de julio de 1997.
– Se requieren 60 años de edad y contar con 800 semanas cotizadas en el 2023 para obtener pensión. Es importante mencionar el requisito aumentará 25 semanas cada año hasta llegar a mil semanas en el 20231.
– Las modalidades de pensión que maneja son: Renta Vitalicia que es pagada por una aseguradora y Retiro Programado que es pagado por una Adore con cargo al saldo de la cuenta individual.
– El pago y monto de la pensión se realiza con el saldo acumulado en la Cuenta Afore del trabajador.
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Así que ahora que lo sabes, más vale que vayas preparándote para un retiro digno y decoroso, ya sea con cuenta al Gobierno Federal, o producto de tus ahorros, antigüedad y años laborados.
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