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INCAPACIDAD

¡Es oficial! Aprueban incapacidad laboral por menstruación en este estado de México

Fue a través de un comunicado oficial, donde el Estado decretó las reformas a las fracciones XIX y XX del artículo 36 y adicionó el artículo 24 Bis 7, además de la fracción XXI al artículo 36

Toallas sanitarias y calendario por menstruación
Foto/COrtesía | La incapacidad laboral por menstruación será un hecho

MÉXICO.- El Gobierno de Nuevo León ha tomado una decisión importante sobre aprobar reformas significativas a la Ley del Servicio Civil en una sesión llevada a cabo durante la mañana de este lunes.

Fue a través de un comunicado oficial, donde el Estado decretó las reformas a las fracciones XIX y XX del artículo 36 y adicionó el artículo 24 Bis 7, además de la fracción XXI al artículo 36.

Estas reformas específicas, que marcan un avance en la igualdad de género y la atención a la salud femenina, se centran en la posibilidad de solicitar incapacidad laboral por problemas de salud relacionados con la menstruación.

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El poder ejecutivo establece en el artículo 24 Bis 7 que las mujeres podrán ausentarse dos días de sus lugares de trabajo en lo que dura el periodo menstrual.

Para adquirir este legítimo es necesario el haber sido diagnosticada con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante.

En tales problemáticas, las mujeres podrán retomar sus labores por “trabajo a distancia mediante el uso de las tecnológicas de información y de la comunicación”, de acuerdo con lo que se estipula en el decreto.

En caso de que esto no sea factible para hacer las labores desde distancia, las mujeres con la autorización que corresponda podrán dejar de trabajar hasta un total de dos días, con el requisito de presentar una prescripción médica justificando la situación en la que se encuentran.

Las mujeres que lo requieran deberán solicitar un certificado de salud que sea expedido por un profesional de la salud de la institución de seguridad social del Gobierno del Estado de Nuevo León o bien del propio Gobierno Municipal.

El certificado de salud deberá contar con lo siguiente requisitos:

  1. Datos de la mujer solicitante.
  2. Nombre y número de cédula profesional.
  3. Fecha y estado de salud de la trabajadora.

 

 

 

Fuente: Línea Directa.

Fotografía de perfil de Ignacio Aguirre

Ignacio Aguirre

Editor de ContenidosReportero

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