México.- La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo declaró este viernes que la elección en el Poder Judicial no tiene obstáculos para realizarse, esto luego del fallo de ayer en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), donde determinó que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no cuenta con jurisdicción para invalidar los juicios de amparo interpuestos contra la elección judicial.
Durante la conferencia matutina desde Palacio Nacional, la mandataria mexicana aseguró que no hay obstáculos para que la elección de jueces, ministros y magistrados se lleve a cabo.
Sigue toda la información de México en nuestra sección especial de Línea Directa
“Lo que yo entiendo es que la reforma al Poder Judicial va, esa es la resolución de la Corte, más bien, que la elección de jueces, ministros y magistrados va. No tiene ninguna barrera de ningún tipo porque regresa a los jueces de amparo las suspensiones que otorgaron, pero establece claramente que en materia electoral no hay suspensiones”, apuntó.
“Es muy interesante, es decir, ya reconoció la Corte que es un tema electoral, que las sanciones que habían impuesto algunos servidores públicos son procedentes, hasta lo que yo entiendo, pero en esencia, ya el 1 de junio vamos a hacer historia, el pueblo de México va a hacer historia, porque por primera vez en México y quizá en el mundo vamos a elegir a jueces, magistrados, ministros. Es buenísimo, a votar todas y todos el 1 de junio”, dijo.
Contenido de Twitter
Te recomendamos: Nissan evalúa trasladar su producción de México ante posibles aranceles de Trump
Estas declaraciones se dan luego de que la Corte decidiera que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) no cuenta con jurisdicción para invalidar los juicios de amparo interpuestos contra la elección judicial.
Con mayoría de tres a siete votos, el máximo tribunal del país aprobó en el fondo el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
“Las sentencias de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) –en las que determinó como inválidas las referidas suspensiones–, deben ser consideradas como opiniones, que no tienen la capacidad de invalidar órdenes de suspensión en juicios de amparo”, detalló la Corte.