México.- Si ya tienes tu pensión o estás por tramitarla, existe un beneficio que puede aumentar tu monto mensual hasta en un 15 por ciento extra y no tiene ningún limitante, pero ojo, solamente sirve para aquellos derechohabientes que se encuentran bajo la ley del 13 del Seguro Social.
Este beneficio, que para muchos se ha mantenido oculto, es sencillo y no excluye a ningún beneficiario que cumpla con los requisitos por lo que no importa el monto de pensión que ya recibas.
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Este beneficio será otorgado para aquellos derechohabientes que tengan dependientes ya sea esposa, concubina, hijos o incluso padres y está dividido de la siguiente manera:
Monto de aumento de pensión por cada dependiente.
- Esposa o concubina: 15 por ciento
- Por cada hijo menor de 16 años, o hasta los 25 años si se encuentra estudiando en el Sistema Educativo Nacional: 10 por ciento
- Si tiene ascendientes (padres) que dependan económicamente de usted y no tiene cónyuge ni hijos con derecho a la prestación: 10 por ciento.
- Si no tiene familia dependiente de ningún tipo y requiere apoyo en cuidado: 10 por ciento.
¿Cómo se obtiene la pensión del IMSS bajo la Ley de 1973 del IMSS?
Para poder cotizar tu pensión ante el IMSS bajo la Ley del Seguro Social de 1973 , es necesario que hayas sido registrado ante el IMSS antes del 1 de junio de 1997. Automáticamente todas las personas que comenzaron a cotizar ante el IMSS antes de esta fecha obtienen los beneficios de pensiones que ofrece esta ley.
Si comenzaste a cotizar después de esta fecha, los beneficios y requisitos son diferentes.
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¿Cuál es el tope máximo de pensión para la ley del 73 del IMSS?
El tope máximo para la pensión del IMSS bajo el régimen de 1973 se aplica actualmente en 25 veces el valor de la UMA, lo que este 2025 alcanzaba un total de 73 mil 870 pesos mensuales.