México.- Este martes 20 de febrero, en el Diario Oficial de la Federación, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y el organismo promotor de inversiones en telecomunicaciones publicaron los lineamientos de uno de los programas más esperados por millones de mexicanos, el de Conectividad para el Bienestar.
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Este plan ha generado tal expectativa y no solo porque dará Internet y telefonía móvil de manera gratuita, sino por la cantidad de personas que podrán tenerlo. La población potencial que establece este programa es de 3 millones 571 mil 321 mexicanos.
¿Para quienes está dirigido el programa?
Esta es a pregunta del millón, mejor dicho, de los más de 3.5 millones, pero tiene una respuesta clara y precisa que se establece en el programa de Conectividad del Bienestar.
El programa tendrá los siguientes objetivos:
A. General: reducir la brecha digital, a través del acceso a tecnologías de información y comunicación, ya que con ello se promueve la cobertura de telecomunicaciones, en condiciones que resulten alcanzables para la población beneficiaria, con énfasis en grupos prioritarios y en situación de vulnerabilidad, para fortalecer la inclusión digital y el desarrollo tecnológico.
B. Específicos
a) Otorgar una tarjeta SIM a la población que se encuentra en uno de los Programas Sociales Federales, así como personas de 14 años en adelante no registradas en éstos y que residen en las zonas de atención prioritaria (ZAP); y en localidades cuyo grado de marginación y grado de rezago social es Muy Alto o Alto, y/o;
b) Brindar un servicio que incluye: internet, función para compartir internet (hotspot), telefonía celular y mensajes SMS.
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El documento publicado en el DOF, destaca que el programa tendrá cobertura en todo el territorio nacional, y los apoyos en especie (la tarjeta SIM para activar internet, llamadas y mensajes) otorgados tendrán una vigencia de hasta doce meses
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¿Qué hay que hacer para poder ser parte del programa de Conectividad del Bienestar?
a) Ser parte de uno de los Programas Sociales Federales.
b) Residir en una zona de atención prioritaria (ZAP);
c) Residir en localidades cuyo grado de marginación y grado de rezago social es Muy Alto o Alto.
Este programa no es excluyente para personas beneficiarias de otros programas, de acuerdo con la normatividad vigente aplicable.
Los criterios de priorización para la atención serán los siguientes y el orden de su aplicación será definida por el Comité:
Los requisitos para ser Persona Beneficiaria del programa son los siguientes:
a) Solicitud requisitada y firmada de manera digital.
b) Documento de Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte vigente, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, u otros documentos que acrediten identidad, expedidos por la autoridad correspondiente).
c) Acta de nacimiento, carta de tutela o patria potestad, sólo en caso de que la Persona Beneficiaria sea menor de 18 años e igual o mayor de 14 años.
d) Clave Única de Registro de Población (CURP).
e) Comprobante de Domicilio o constancia de residencia de la autoridad local.
El expediente de las Personas Beneficiarias se recabará en formato digital, el cual se integrará con la documentación con la cual las Personas Beneficiarias acrediten los requisitos previstos en el presente numeral, no siendo necesaria la integración de un archivo físico con la documentación.
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