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Conceden suspensión provisional a Silvano Aureoles contra cualquier orden de captura

El exgobernador de Michoacán es señalado por los delitos de peculado, ejercicio indebido del servicio público, asociación delictuosa y lavado de dinero.

Conceden suspensión provisional a Silvano Aureoles contra cualquier orden de captura
Silvano Aureoles, exgobernador de Michoacán | Foto: Cuartoscuro

México.- El exgobernador del estado de Michoacán, Silvano Aureoles Conejo, solicitó un amparo contra cualquier orden de aprehensión que haya librado algún juez de control federal en su contra, petición que le fue concedida este miércoles 23 de abril por un secretario en funciones de juez.

A principios de marzo se giró una orden de aprehensión en contra de Aureoles Conejo por su presunta responsabilidad en los delitos de peculado, ejercicio indebido del servicio público, asociación delictuosa y lavado de dinero. Sin embargo, el pasado 21 de abril el exmandatario pidió la protección para evitar su captura.

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Es así que este miércoles el secretario en funciones de juez del Juzgado Decimoprimero de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México, le concedió la suspensión provisional y le fijó el pago de 52 mil pesos como garantía que deberá depositar en los próximos cinco días para que surta efecto la medida cautelar.

El secretario en funciones de juez señaló que la suspensión es para que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan y no se le prive de su libertad personal con motivo de la orden reclamada y su ejecución,  aunque en el procedimiento penal se le imponga la prisión preventiva justificada.

La resolución indica:

Se concede la suspensión provisional para el efecto de que las cosas permanezcan en el estado que actualmente guardan y no se haga efectiva la orden de arresto. Lo anterior, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva

Suspensión por orden de aprehensión y/o reaprehensión por delito que sí  amerite prisión preventiva oficiosa. Si la orden de aprehensión y/o reaprehensión se refiere a delito que amerite la imposición de medida cautelar de prisión preventiva oficiosa, con apoyo en el ordinal 166, fracción I, de la Ley de Amparo, la suspensión también impedirá que se le prive de su libertad; lo anterior, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva.

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Adicional a esto, requirió a las autoridades responsables sus informes previos, los que deberán rendir dentro del plazo de 48 horas hábiles, contadas a partir de que quede legalmente notificada dicha notificación; apercibidos que, de no hacerlo, se presumirán ciertos los actos reclamados y se les impondrá una multa.

Por último, hay que recordar que, en marzo pasado, una jueza vinculó a proceso a cuatro exfuncionarios del exgobernador, señalados por ocasionar un daño de 3 mil 400 millones de pesos por adquirir cuarteles de la Guardia Civil a sobreprecio.

Fuente: Linea Directa

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Alejandra Bedoya

Editor de Contenidos

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