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¡Alto ahí! Estas unidades tendrán circulación limitada en carreteras federales durante Semana Santa

Esta acción forma parte de las medidas preventivas para la seguridad de los vacacionistas que en dicho período circulan en los caminos y puentes de jurisdicción federal

Foto: Cortesía. | Estas unidades tendrán circulación limitada en carreteras federales durante Semana Santa.

México.- El periodo vacacional de Semana Santa se acerca y con él, uno de los periodos con más tráfico vehicular, con familias que se dirigirán a centros de recreo, principalmente zonas de playa.

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Y con el objetivo de hacer el trayecto más desahogado y evitar accidentes, este martes 8 de abril, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Gobierno de México, a través de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, emitió un aviso especial para todos los usuarios y permisionarios del servicio de autotransporte federal y transporte privado de carga especializada.

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El aviso destaca los horarios que tendrán todas las unidades de gran tamaño, con objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como grúas industriales para operar y transitar por caminos y puentes de jurisdicción federal, durante el período vacacional comprendido de las 00:00 horas del 11 de abril de 2025 a las 23:59 horas del 27 de abril de 2025.

Son dos periodos regularmente los que las autoridades aplican este tipo de medida preventiva; el primero durante el periodo vacacional de fin de año y este de Semana Santa, ambos, con los mayores flujos de automovilistas en carreteras.

Checa el documento íntegro sobre la circulación de unidades de gran tamaño durante Semana Santa, publicado este 8 de abril en el Diario Oficial de la Federación

Las restricciones de circulación que se señalan durante aquellos días de mayor afluencia vehicular permitirán un mejor flujo vehicular de los usuarios de las carreteras federales, compuesto principalmente de familias que viajan con motivo de la celebración de Semana Santa y por vacacionistas con destino a lugares turísticos, al evitarse la presencia de combinaciones vehiculares especiales que circulan a baja velocidad transportando objetos indivisibles de gran peso y/o volumen, así como de las grúas industriales.

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Las indicaciones

Las grúas industriales y los equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes podrán transitar en el período vacacional comprendido de las 00:00 horas del 11 de abril de 2025 a las 23:59 horas del 27 de abril de 2025, señalado de la siguiente manera: Los días 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24 y 25 de abril de 2025.

a) Cuando circulen por caminos tipo ET4, A4, B4; de las 00:00 horas a las 23:59 horas, en términos del numeral 5.5.1 de la NOM-040-SCT-2-2012.

b) Cuando circulen por caminos ET2, A2, B2, C o D, con luz diurna de 6:00 a 18:30 horas y en horario nocturno de 00:00 a 6:00 horas; y de 18:30 a 23:59 horas, condicionado a que circulen con dos carros piloto, uno en la parte frontal y otro en la parte trasera, en términos del numeral 5.5.2 de la NOM-040-SCT-2-2012.

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Las restricciones señaladas en los artículos Primero y Segundo del presente Aviso, no les serán aplicables a aquellos usuarios y permisionarios del servicio de Autotransporte Federal y transporte privado de carga especializada de objetos indivisibles de gran peso y/o volumen y grúas industriales, relacionados con proyectos u obras a cargo del Gobierno de México, que incluyen la construcción, funcionamiento, mantenimiento, operación, infraestructura, los espacios, bienes de interés público, ejecución y administración de la infraestructura de transportes, de servicios y polos de desarrollo para el bienestar y equipo tanto del Tren Maya como del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec, y los aeropuertos de Palenque, Chiapas; de Chetumal y de Tulum, Quintana Roo, los cuales son de seguridad nacional e interés público, así como el sector petrolero.

Fuente: Línea Directa

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Alma Rosa Aguirre Lugo

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