México.- De conformidad con la reforma a la Ley Federal del Trabajo en 1970, en México, las o los trabajadores, que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón, tienen derecho a recibir un aguinaldo.
Esto también aplica para las personas pensionadas por cesantía en edad avanzada o vejez bajo el amparo de la citada ley por el Instituto Mexicano Social (IMSS), quienes tienen derecho a recibir un aguinaldo anual.
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¿A cuánto equivale el pago del aguinaldo a pensionados IMSS?
De acuerdo a información que establece el IMSS en sus políticas de pensionados, el pago equivale a una mensualidad de la cuantía de tu pensión, es decir, sin considerar el importe por asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.
¿Cuándo se pagará el aguinaldo 2023 del IMSS?
Muchos beneficiarios ya cuentan con este beneficio de ley para solventar diversas necesidades tanto de salud, alimentación, vivienda, vestido, hasta viajes, por lo que la fecha es una de las más esperadas luego de las confirmaciones del pago mensual.
Y tomando como referencia las indicaciones del Instituto, anualmente el pago llega durante el mes de noviembre y se suma al beneficio que mensualmente proporciona a toda su comunidad pensionada.
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Así agenda de una vez el mes, ya que un extra te espera como cada año y si eres nuevo en recibir el beneficio, no desesperes, que el IMSS tiene todo el mes de noviembre para depositarlo en la misma cuenta donde mes tras mes, recibes tu pago.
Recuerda esto pensionado del IMSS
– Las personas pensionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) reciben su aguinaldo durante el mes de noviembre y a esto se suma el depósito de la mensualidad correspondiente.
– Las personas que tienen derecho a recibir su aguinaldo son aquellas que se jubilaron por Cesantía en edad avanzada o por vejez bajo la Ley 73 del Seguro Social.
– Esta Ley indica que las personas aseguradas que cumplieron 60 y 65 años debieron contar con los siguientes requisitos para poder pensionarse:
- Cumplir el periodo mínimo de cotización de acuerdo con la Ley del Seguro Social (500 0 1,250 semanas de cotización).
- Haber causado baja del Régimen Obligatorio del Seguro Social.
- Esté privado de trabajo remunerado y se encuentre vigente en sus derechos.
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¿Dinero extra por tu trabajo? Si no hay aumento, bono o prima a la vista ¡a esperar el aguinaldo!