México.- Lo que por la mañana del martes se daba como un anticipo, por la tarde se convirtió en realidad tras la publicación en el Diario Oficial de la Federación del decreto que prohibe la circulación y comercialización de vapeadores, cigarros eléctrónicos, entre otros.
El documento remitido por el Presidente de México destaca que este tipo de dispositivos ya no serán permitidos en el territorio nacional y cualquiera que sea su procedencia, y quienes pretendan ignorar la reglamentación, serán severamente castigados.
Relacionado: ¡Adiós vapeadores! AMLO firma decreto para prohibir su comercialización
Los sistemas electrónicos de administración de nicotina, similares sin nicotina, alternativos de consumo de nicotina, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas YA NO SERÁN permitidos en México.
Destaca que las acciones implementadas por el gobierno han resultado insuficientes en virtud de que, a pesar de la prohibición que se estableció en el decreto de mérito, actualmente circulan libremente estas mercancías(3) en el territorio mexicano, lo que impide hacer efectivo para los habitantes del país el derecho a la salud que están obligadas a garantizar las autoridades del Estado mexicano.
la Indica también que este tipo de dispositivos genera inflamación de las vías respiratorias debido a los rangos de temperatura en que se producen elementos tóxicos irritantes que se incluyen en el aerosol, y se ha reportado que origina infiltrados difusos e infiltrados nodulares de glóbulos blancos que producen opacidades pulmonares visibles en tomografía computada de tórax, a consecuencia de neumonía lipoide, baja oxigenación de la sangre e incluso falla respiratoria. Además, se ha identificado que los efectos tóxicos de los PTC están asociados con el deterioro de la función inmunológica debido a que interrumpen la proliferación de una familia de glóbulos blancos, denominada Linfocitos T, que afecta la protección contra el desarrollo de cáncer.
Así que, con el objetivo de impedir que las personas no fumadoras, jóvenes y de los grupos de edad más vulnerables se inicien en el consumo de esos sistemas novedosos y emergentes, la OMS ha respaldado la prohibición de su importación y la venta y distribución de las mercancías identificadas como SEAN, SSSN y SACN, lo cual pone de relieve la necesidad de aplicar medidas complementarias para proteger la salud de niños y adolescentes para prevenir integralmente el uso de estos dispositivos.
Detalla la urgencia de adoptar la prohibición de la circulación y comercialización en el interior de la República de las mercancías, cualquiera que sea su procedencia, identificadas como SEAN, SSSN, SACN, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, entre otros, para preservar la salud en los términos en los que lo ha determinado la SCJN y los tratados internacionales.
Puedes leer también: ¡Alerta papás! Detectan a estudiantes tanto hombres como mujeres “vapeando” en las escuelas
El largo documento resume que ante los problemas de salud que dichos dispisitivos general, procede prohibir la circulación y comercialización en el interior de la República, cualquiera que sea su procedencia, de los SEAN, SSSN, SACN, cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, así como las soluciones y mezclas utilizadas en dichos sistemas, entre otros, y en consecuencia sancionar, en los términos que las disposiciones jurídicas aplicables dispongan, a quienes incumplan con esta prohibición, he tenido a bien expedir el siguiente
Advierte además que a quien incumpla con lo señalado en el artículo primero se le aplicarán las sanciones que señalen las disposiciones jurídicas aplicables.