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Utilidades SÍ, pero no te confundas ¡Hay dos fechas límite, así que checa cuál te toca!

Empresas y patrones tienen el tiempo medido para cumplir con esta prestación de ley, pero para ambos hay fechas distintas de conclusión, así que checa esta información y no te confundas

Utilidades 2023
Utilidades | Foto: Archivo Línea Directa

México.– El dinero extra que llega a partir de mayo está a exactamente a una semana de manifestarse para una parte de los trabajadores de México; el pago de utilidades 2023 estará en las cuentas o manos de los trabajadores en un caso en exactamente en una semana, pero otros tendrán que esperar un mes.

Sigue la información sobre utlidades en la sección especial de Línea Directa

El tiempo corre para las personas morales, es decir, las empresas, ya su plazo límite en el que deberán cumplir con la participación de utilidades vence el martes 30 de mayo, en cambio para las personas morales, es decir, los patrones, tendrán hasta el 29 de junio para concretarlo.

Como viste, son dos fechas distintas y todo depende de la presentación de la declaración anual de quienes te pagan que llegó en diferentes periodos y recordemos que a partir de ahí, hay que contar 60 días para que cumplan con los depósitos correspondientes a las utilidades.

Y toma nota, ya que la empresa en la que trabajas debe repartir el 10% de sus utilidades, siempre y cuando sean superiores a $300 mil. Si tienes dudas sobre las ganancias que tuvo tu patrón durante el 2022, sólo debes solicitarle una copia del documento y así, sacar tus cuentas.

Ante cualquier otra dudas, recuerda que la Profedet está de tu lado y te asesora en el número telefónico 800 717 2942 o en el correo electrónico [email protected] también en su cuenta de Twitter @PROFEDET

Debes leer: Si estás dentro de este grupo de trabajadores, ¡olvídate del pago de utilidades, NO recibirás!

El Reparto de Utilidades es el derecho de las y los trabajadores a recibir una parte de las ganancias de la empresa para la que laboran como reconocimiento a su contribución. Todas las empresas deben pagarlo antes del 30 de mayo.

¿Y si tu patrón no paga?

Entonces sí, la denuncia ante las autoridades del Trabajo deben estar listas ya que estará cometiendo una omisión y por lo tanto un delito que ameritará una multa de varios miles de pesos.

 

Fuente: Línea Directa

Fotografía de perfil de Alma Rosa Aguirre Lugo

Alma Rosa Aguirre Lugo

Editor de ContenidosFotógrafoReportero

Alma Rosa Aguirre Lugo

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