Ciudad de México.- La Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la
Federación el decreto por el que se reforma el artículo 112 de la Ley
General de Población.
De acuerdo con la modificación, la Secretaría de Gobernación
proporcionará al Instituto Nacional Electoral, la información del
Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de
los instrumentos electorales.
Lo anterior, en los términos previstos por la ley. Igualmente podrá
proporcionarla a las demás dependencias y entidades públicas que la
requieran para el ejercicio de sus atribuciones.
Anteriormente, la Segob proporcionaba dichos datos al entonces Instituto Federal Electoral.
Segob difunde en el DOF ajuste al artículo 112 de Ley General de Población
De acuerdo con la modificación, la Secretaría de Gobernación proporcionará al Instituto Nacional Electoral, la información del Registro Nacional de Ciudadanos que sea necesaria para la integración de los instrumentos electorales.
Fuente: Internet